“Ahora la Justicia Electoral tiene autorización por ley para cobrar la multa y también ya tiene la autorización del Ministerio para cobrar la multa. Entonces, no podemos ya eludir la ley, porque ya está todo lo que se necesita para poder aplicarla”, señaló Ljubetic en conversación con InfoNegocios.
Según explicó, una vez terminada la jornada electoral, la Justicia Electoral cruzará los registros para identificar a las personas que no concurrieron a votar. La nómina será remitida a la Fiscalía y, posteriormente, el ciudadano deberá tener la posibilidad de presentar un descargo ante la autoridad correspondiente.
No votar, sin embargo, no significa automáticamente quedar sin posibilidad de justificar la ausencia. Ljubetic mencionó entre los motivos que pueden ser considerados situaciones como encontrarse a determinada distancia del local de votación o presentar un certificado médico que respalde la imposibilidad de concurrir.
Si la ausencia no es justificada, la multa establecida es de G. 117.077. “A los que no, se le va a aplicar la multa que dice la ley, que es un jornal, que es de G. 117 mil”, explicó.
La segunda parte de la historia
El punto que genera mayor particularidad aparece después de la aplicación de la multa. Ljubetic sostuvo que, de acuerdo con la normativa vigente, no existe una penalidad adicional específicamente establecida para quien no abone el monto impuesto.
“Si no paga la multa, no pasa nada”, afirmó el director de Procesos Electorales, al explicar que la legislación establece la sanción económica, pero no una consecuencia adicional por el incumplimiento de ese pago.
En su interpretación, esto termina debilitando el efecto disuasivo de la medida. “La multa es facultativa”, sostuvo, y agregó que, desde su perspectiva, si se busca que la sanción incentive efectivamente la participación, debería existir una consecuencia asociada al incumplimiento.
La situación, no obstante, está siendo acompañada por el propio TSJE mediante un procedimiento administrativo que contempla mecanismos de justificación y pago. El presidente del organismo, Jorge Bogarín, informó este jueves que, agotadas las instancias correspondientes, el cobro podría eventualmente pasar a la Procuraduría General de la República.
Una multa que busca algo más que recaudar
Para Ljubetic, el objetivo de la multa no debería ser simplemente generar ingresos, sino incentivar que los ciudadanos concurran a las urnas. “Si vas a imponer una multa es para que sea un disuasivo para el ciudadano para que vaya a votar”, planteó durante la entrevista con InfoNegocios.
El director también se refirió al debate de fondo sobre la obligatoriedad del sufragio. Aclaró que la Constitución y la legislación paraguaya establecen actualmente la obligación de votar, aunque expresó, a título personal, su preferencia por un sistema de voto voluntario.
“Los políticos tienen que lograr interesar al ciudadano para que éste se vaya a votar. Ese es el principio básico de la participación política”, sostuvo.
Las elecciones municipales se realizarán este domingo 4 de octubre. Para quienes no concurran, la multa prevista es de G. 117.077, aunque el procedimiento posterior y las instancias de cobro forman parte del esquema que la Justicia Electoral está terminando de implementar.