Según el reglamento, que regula operaciones financieras como giros, transferencias y compras mediante medios electrónicos y telefonía móvil, el saldo no podrá superar, el equivalente a cuarenta jornales mínimos (G. 2.806.240) para actividades referentes al dinero electrónico.
En el caso de que las operaciones excedan los límites previstos deberán ser realizadas indefectiblemente a través de cuentas abiertas en entidades financieras.
La reglamentación establece además la posibilidad de realizar los giros a través de cajeros automáticos mediante tarjetas de débito, según señalaron autoridades de la banca matriz.
¿De qué hablamos?... cuando hablamos de: Medios de Pagos Electrónicos
El Presidente del Banco Central del Paraguay (BCP), Carlos Fernández Valdovinos, presentó el ¨Reglamento de Medios de Pagos Electrónicos¨, aprobado por el Directorio de la Banca Matriz.
La normativa establece los requisitos a los que deben adecuarse las entidades que prestan servicios de transferencias no bancarias y de provisión de dinero electrónico a través de servicios de telecomunicaciones.
Durante su presentación, el presidente de la entidad monetaria explicó que la resolución busca regular determinados sistemas de pagos, proteger al usuario de estos sistemas, establecer parámetros que promuevan la inclusión financiera, y ejecutar controles que minimicen los riesgos de lavado de dinero.
Para leer la nota completa y opinar hacé clic en el título