Paro total: solo deliverys de alimentos y medicamentos serán admitidos, nada de bebidas alcohólicas (conocé las 12 excepciones)

El Poder Ejecutivo anunció esta tarde nuevas medidas de restricción para la circulación hasta el 12 de abril mediante el Decreto 3512/20, que insta a que las personas permanezcan en sus residencias o en la cual se encuentren, que además solo deberán realizar desplazamientos mínimos, ya sea para comprar alimentos, medicamentos y artículos de limpieza. Otro punto resaltante es que prohíbe la compra de bebidas alcohólicas por delivery.

La medida entra en vigencia desde hoy, viernes 3 de abril, así que la circulación de personas queda limitada únicamente para la compra de alimentos, medicamentos y artículos de limpieza. Las personas deberán quedarse en el lugar en el que se encuentren actualmente, ya sea su residencia habitual o momentánea.

Las actividades y servicios que quedan exceptuados son:

  1. Autoridades nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas, representantes de organismos internacionales, servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios, personal de salud, fuerzas militares y policiales.
  2. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, niños y adolescentes.
  3. Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios, con constancia de la función y horarios de cobertura específica.
  4. Supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para la provisión de los alimentos. Así como los servicios de veterinarias para casos de urgencias.
  5. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones) y de emergencias, con el personal mínimo necesario para su funcionamiento.
  6. Servicios funerarios.
  7. Las personas afectadas a las obras públicas en general. En la zona urbana de la capital, están autorizadas sólo las obras relacionadas al área de la Salud.
  8. Servicios de entrega a domicilio (delivery) de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica, a partir de las 5:00 hasta las 23:00, salvo las farmacias que atienden las 24 horas. El delivery de bebidas alcohólicas no está permitido en ningún horario.
  9. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos; así como residuos generados en establecimientos de salud y afines.
  10. Estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas, a partir de las 05:00 hasta las 23:00.
  11. Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
  12. Cadena Logística (puertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga). Servicios aduaneros de carga y escarga de mercaderías.

De esta manera, quedaron fuera de las excepciones del anterior decreto: Actividades industriales y comerciales de productos imprescindibles para la población y para la prestación de servicios públicos; actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria, avícola y de pesca; actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil, servicios digitales y call center; actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior; transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP; servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

La normativa indica en su Artículo 3 que la falta de cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas será sancionada conforme a las disposiciones de la Ley N° 836/1980 del Código Sanitario, la Ley N°716/95 que sanciona delitos contra el medio ambiente, el Código Penal vigente y demás leyes aplicables.

Bancos brindarán servicios en línea

Según un comunicado institucional del Banco Central del Paraguay (BCP), las entidades financieras no atenderán al público de manera presencial, pero brindarán servicios de operaciones y transacciones en línea, así como aseguró servicios del sistema de pagos (SIPAP) y provisión de dinero efectivo el lunes 6 y martes 7 de abril. Mientras que el miércoles 8, jueves 9 y viernes 10 estarán cerradas las matrices, sucursales y agencias.

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