Con reglas claras: fijan techo de hasta 1,5% para el pago de comisiones a las procesadoras de pago electrónico

(Por SR) El Banco Central del Paraguay (BCP) reglamentó el nuevo esquema tarifario del Sistema Nacional de Pagos y estableció un límite máximo del 1,5% para las comisiones que los comercios pagan por determinados servicios de cobro electrónico. La medida busca transparentar los costos, fortalecer la competencia y facilitar la comparación entre proveedores.

El mercado de los pagos electrónicos en Paraguay tendrá nuevas reglas de juego. El Banco Central del Paraguay (BCP) reglamentó el esquema tarifario previsto en la Ley del Sistema Nacional de Pagos y fijó un techo del 1,5% para las comisiones que podrán cobrar a los comercios los proveedores de determinados servicios de cobro electrónico. La medida forma parte de un paquete de regulaciones que apunta a fortalecer la transparencia, impulsar la competencia y generar un ecosistema más eficiente para bancos, fintech, procesadoras y comercios.

La normativa establece que las transferencias de propósito general seguirán siendo gratuitas para los usuarios, mientras que los proveedores podrán cobrar comisiones por los servicios adicionales orientados al comercio —como las soluciones de cobro mediante transferencias, códigos QR o débitos en cuenta—, pero dentro del nuevo límite fijado por el regulador.

“El año pasado el Congreso promulgó la Ley del Sistema Nacional de Pagos, mediante la cual el Banco Central pasa a ser el ente regulador de todos los servicios y sistemas de pagos, tanto los que funcionan sobre infraestructura pública como privada. Ahora estamos desarrollando esa reglamentación para acompañar el crecimiento del ecosistema”, explicó Diego Legal, gerente general de Operaciones Financieras del BCP, en entrevista con InfoNegocios.

Uno de los principales cambios introducidos por la resolución consiste en fijar un tope máximo del 1,5% para las comisiones aplicadas a los servicios de pago dirigidos al comercio.

La medida alcanza tanto a las soluciones que operan mediante transferencias como a los sistemas de débito en cuenta utilizados para realizar cobros con códigos QR u otras plataformas digitales.

“Actualizamos esos topes al 1,5%. También los servicios de débito en cuenta tendrán ese mismo límite máximo para el comercio que contrata estos servicios”, indicó Legal.

Hasta ahora, varios de estos servicios cobraban tarifas similares a las de las tarjetas de débito, pese a utilizar una infraestructura distinta y de menor costo operativo. Con la nueva reglamentación, el BCP espera que los comercios accedan a alternativas más competitivas para aceptar pagos electrónicos.

Más allá del porcentaje máximo permitido, uno de los ejes centrales de la regulación es la estandarización de los conceptos tarifarios.

Según explicó el ejecutivo, muchas empresas incorporaban cargos adicionales con diferentes denominaciones, lo que dificultaba que los comercios comprendieran exactamente cuánto estaban pagando y qué incluía cada servicio.

“Queremos que el comercio tenga claridad sobre cuáles son los conceptos que pueden ser cobrados, pueda comparar entre distintos proveedores y elegir la opción que más le convenga”, afirmó.

La reglamentación establece cuáles son los conceptos habilitados para el cobro y obliga a presentar las estructuras tarifarias de forma más clara y uniforme, lo que favorece una competencia basada en precios y calidad de servicio.

Si bien las comisiones reguladas son asumidas por los comercios y no por los consumidores, el Banco Central considera que la medida también tendrá efectos positivos para quienes realizan pagos.

En algunos establecimientos todavía era habitual que determinados costos se trasladaran al cliente cuando utilizaba ciertos medios electrónicos de pago.

“La persona que llega al comercio debería simplemente pagar el precio del producto, sin que le consulten si debe asumir un costo adicional por utilizar determinado medio de pago”, sostuvo Legal.

El objetivo es evitar que las diferencias entre los medios de cobro se conviertan en un costo adicional para el consumidor final y lograr que el comercio pueda absorberlas dentro de un esquema tarifario más competitivo.

Aunque la resolución ya fue emitida, el sector contará con un período de adecuación antes de su aplicación obligatoria.

El nuevo tarifario deberá aplicarse plenamente a partir del 2 de enero de 2027, luego de un proceso de transición que se extenderá hasta el 1 de enero de ese mismo año. No obstante, las empresas podrán adoptar las nuevas condiciones de forma voluntaria antes de esa fecha.

Legal explicó que el esquema se trabajó previamente con los distintos actores del ecosistema financiero.

“Desde comienzos de este año mantuvimos conversaciones con las empresas para encontrar un equilibrio entre una remuneración adecuada de los servicios y una mayor transparencia para los comercios”, señaló.

La nueva regulación también acompaña el crecimiento del Sistema de Pagos del Paraguay (SIPAP), cuya infraestructura ya permite realizar pagos interoperables mediante códigos QR.

Para ofrecer este tipo de soluciones, las fintech y los demás proveedores deben cumplir exigentes requisitos tecnológicos y de ciberseguridad establecidos por el BCP, además de superar verificaciones técnicas antes de obtener la autorización para operar.

Legal destacó que el modelo paraguayo avanza en una línea similar a la del sistema PIX de Brasil, considerado uno de los referentes mundiales en pagos instantáneos.

Con el nuevo reglamento tarifario, el Banco Central busca consolidar un mercado en el que la innovación tecnológica vaya de la mano de reglas claras, una mayor competencia y menores costos para los comercios, sentando las bases para una adopción cada vez mayor de los pagos electrónicos en el país.

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