¿Impuesto encubierto? El ajuste fiscal que aumenta la carga inmobiliaria y revive el debate sobre no subir tributos

El presidente Santiago Peña autorizó la semana pasada un incremento del 4,1% en el valor fiscal de los inmuebles para el cálculo del impuesto inmobiliario de 2026, una decisión que generó debate por contraponerse a su promesa de campaña de no aumentar los tributos. La medida, establecida por decreto, ajusta la base imponible del impuesto siguiendo la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) y mantiene la tasa aplicable en el 1%.

Sin embargo, al aplicarse sobre un valor mayor, el monto final que deben pagar los contribuyentes se eleva, impactando con mayor fuerza a familias de ingresos medios y bajos, adultos mayores y pequeños productores.

La tributarista Nora Ruoti opinó sobre el tema y, primeramente, aclaró qué abarca la palabra impuesto. “Somos un país centralizado y, si el presidente habla de que no habrá suba de impuestos, debe referirse a los impuestos fiscales internos y municipales sobre la base de la valorización de la tierra”, explicó.

“No es un acierto que se diga que no habrá aumento de impuestos y terminar elevando el impuesto inmobiliario, que tiene como órgano de administración municipal. Es el Ejecutivo el que firma el decreto al final”, manifestó.

Desde otra perspectiva, la también tributarista Alba Talavera aclaró la naturaleza técnica y el destino de este tributo. “Esto se hace cada año en los municipios y depende muchas veces de la ubicación, de la superficie y de las categorías”, señaló, confirmando que el ajuste se basa en el IPC y busca acercar los valores fiscales a los de mercado.

Enfatizó que estos ingresos van directamente a las municipalidades y no ingresan al Presupuesto General de la Nación del Poder Ejecutivo, distanciando así la medida de los impuestos nacionales que el presidente habría prometido no tocar.

El Gobierno, a través del director de Ingresos Tributarios, Óscar Orué, defendió la decisión y rechazó que se trate de una suba encubierta, recordando que este es un impuesto de recaudación y administración municipal. La medida se fundamenta en un criterio técnico —la actualización por inflación definida por el Servicio Nacional de Catastro— y no altera la tasa legal vigente.

Con elecciones municipales programadas para el próximo año, cualquier movimiento de fondos públicos es observado con lupa. Los legisladores opositores no solo cuestionan el timing, sino también la eficiencia y transparencia con la que muchas comunas utilizan estos recursos, señalando problemas de “cajas paralelas” y una débil rendición de cuentas sobre las obras realizadas.

Para una propiedad urbana de valor moderado, el ajuste se traducirá en decenas de miles de guaraníes adicionales por año, un peso más para presupuestos familiares ya ajustados por la inflación en otros rubros esenciales. Si bien el monto es proporcional al valor del inmueble, su impacto relativo es mayor para quienes tienen menor margen de maniobra financiera.

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