La jueza de Niñez y Adolescencia y docente Pili Rodríguez plantea que la respuesta parte de la idea de que los padres son los primeros responsables de velar por el cuidado integral de sus hijos. Y ese cuidado también alcanza al entorno digital.
“Puede haber buenas intenciones, estar orgulloso de la familia, tener amor hacia los hijos, pero estamos en un mundo digital que sin el debido cuidado puede ser mal utilizado”, explicó Rodríguez en conversación con InfoNegocios.
La magistrada incluso puso sobre la mesa un concepto que cada vez aparece con más fuerza cuando se habla de exposición infantil en redes: sharenting, término utilizado para describir la publicación excesiva de imágenes, videos e información de los hijos por parte de sus propios padres.
El problema no está necesariamente en compartir una fotografía, sino en pensar qué información se está dejando disponible y quién puede acceder a ella. Una imagen con el uniforme del colegio, por ejemplo, puede aportar datos sobre dónde estudia un niño; una publicación sobre una actividad extracurricular puede revelar dónde y cuándo suele estar; y una fotografía acompañada de otros datos puede construir una huella digital que el menor todavía no tuvo oportunidad de decidir.
El niño también tiene voz
Otro punto que Rodríguez considera fundamental es que ser menor de edad no significa que los adultos puedan decidir absolutamente todo sin tener en cuenta su opinión.
Los niños tienen derecho a participar en las decisiones relacionadas con su persona y cuentan con una autonomía progresiva: a medida que crecen, aumenta su capacidad para opinar y participar en esas decisiones.
Por eso, antes de publicar, además de preguntarse si la fotografía es apropiada, también debería existir una reflexión sobre si el niño está de acuerdo y si esa exposición realmente responde a su interés y protección.
“Hasta qué punto yo, como adulto, como padre o madre responsable de un niño, puedo simplemente usar su imagen sin tenerla en cuenta”, planteó la jueza.
Y los padres no son los únicos que pueden generar esa exposición.
¿Y si la foto la sube la abuela, el tío o un primo?
El escenario también puede darse dentro de la propia familia: una abuela publica una foto de su nieto, un tío comparte un video de un cumpleaños o un familiar sube imágenes de una actividad en la que participaron varios niños.
Para Rodríguez, en estos casos el diálogo familiar debería ser el primer filtro. Incluso mencionó que algunas instituciones educativas ya consultan a las familias y solicitan consentimiento para utilizar imágenes de los alumnos en publicaciones institucionales.
Pero cuando no existe acuerdo y la exposición continúa, la situación puede escalar. Rodríguez explicó que, en Paraguay, todavía no conoce antecedentes judiciales específicos en los que se haya restringido a un familiar por publicar imágenes de un niño en redes sociales. Sí mencionó, en cambio, un caso que conoció en Argentina, donde se dictaron medidas judiciales para restringir las publicaciones realizadas por una familiar, en ese caso una abuela, respecto de fotografías de su nieto. En última instancia, sostuvo, podría solicitarse una intervención judicial para garantizar la protección del niño o la niña.
Cuando una imagen se vuelve viral
El escenario cambia todavía más cuando una publicación involucra a un niño en situación de vulnerabilidad. Rodríguez recordó que la normativa paraguaya prohíbe la difusión de determinados datos, imágenes y videos de niños, niñas y adolescentes en estas situaciones, y que su difusión puede generar consecuencias legales.
En estos casos, explicó, los juzgados pueden emitir advertencias o resoluciones para que determinados medios o espacios dejen de reproducir ese contenido cuando la viralización termina afectando aún más al niño.
Porque, como resumió Rodríguez, viralizar una situación no necesariamente significa protegerla.
La discusión, entonces, no pasa solamente por sí una foto “se puede subir” o no. También implica preguntarse qué información estamos dejando expuesta, quién puede verla, qué consecuencias puede tener para ese niño y, sobre todo, si esa publicación responde realmente a su bienestar.
“Pensar antes de comunicar si lo que estoy haciendo es para un bien de mi hijo, no le va a afectar y si al final obviamente redunda en su protección”, sostuvo la jueza.