“Tenemos que ser más rápidos, no hay que demorar tanto para ir ajustando (el salario mínimo). A medida de que la inflación crece se tiene que ir ajustando, para que el sueldo del asalariado vaya acompañando la suba de precios”, expresó Elzear Salemma, titular del Centro de Importadores del Paraguay (CIP).
En términos similares se expresó Guillermo Stanley, expresidente de la Unión Industrial Paraguaya (UIP), quien manifestó que se tiene que adoptar un sistema que se vaya ajustando periódicamente, de manera que el salario del trabajador no pierda poder adquisitivo.
En Paraguay, en los últimos cuatro años, el salario mínimo se fue reajustado de manera anual, luego de la modificación, en 2016, del artículo Nº 255 y la derogación del artículo Nº 256 del Código de Trabajo, buscando la periodicidad del ajuste.
Por eso, desde 2017 el ajuste del salario mínimo se establece sobre la base de la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y su impacto en la economía nacional, al mes de junio de cada año.
En julio de 2017 el ajuste salarial fue del 3,9%, un año después fue del 3,5%, y en 2019, del 3,8%; en 2020 no hubo, debido a la pandemia, y en 2021 fue del 4,5%. En contrapartida, en 2021, el IPC acumulado (de enero a diciembre) fue de 6,8%. En 2022, en el segundo mes del año, tenemos un IPC acumulado de 2,8% y una variación interanual del 9,3%.
El rezago del ingreso del asalariado con respecto a la inflación es inevitable, considerando que el mecanismo de ajuste solo puede tapar la brecha, si es que lo hace, cuando el trabajador ya tuvo que pagar más, mientras tanto, por los artículos que componen la canasta familiar básica.
¿Se podría adoptar un mecanismo que se anticipe a la inflación y ajuste el sueldo mínimo por expectativa? Tanto Salemma como Stanley coincidieron en que tal medida sí generaría más inflación, por lo que desaconsejaron una salida semejante, e hicieron hincapié en que se podrían encontrar métodos como los que mencionaron; acelerar los procesos o modificar la ley para que el ajuste sea mensual, teniendo en cuenta el IPC.
Para Stanley, la normativa vigente se adecua a un escenario de estabilidad, como el de la última década -con índices de inflación inferiores al 4%-, pero no al actual, por lo que se debe buscar alguna forma de evitar el rezago del salario, un factor que incide en el consumo; es decir, con personas que hoy pueden comprar menos con la misma cantidad de dinero, las ventas también se reducirán.
Otra cuestión es la de que una adecuación salarial, necesariamente, va a generar más inflación. Salemma dijo al respecto que cualquier ajuste de precios es inflacionario, pero que “considerando la realidad de nuestro país en el que es un porcentaje nada más el que va a ser alcanzado por este aumento, el impacto no va a ser dañino”.
Por su parte, Stanley afirmó que “por definición, una inflación se genera por la suba sostenida de los precios de una determinada canasta de precios; la subida de los salarios no es la causa sino una consecuencia, de manera a devolverle al trabajador el poder adquisitivo perdido”.
En el país hay 3.513.422 personas ocupadas -últimos datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE)-, de las cuales solo 250.000 cobran el salario mínimo, de G. 2.192.839, lo que implica que el ajuste va a beneficiar a poco más del 7% de los asalariados.