Hablamos con Daniel Farias, director de Fiscalización Tributaria, quien nos comentó que el big data –que ya está en proceso de desarrollo y prueba– es una técnica que llega para complementar a los sistemas utilizados actualmente en la SET, el cual será capaz de absorber datos de la web así como las suministradas por entidades financieras públicas y privadas, logrando que procesos anteriormente más largos puedan desarrollarse ahora en minutos.
El big data, también denominado macrodatos, datos masivos, inteligencia de datos o datos a gran escala, son un conjunto de datos variados de gran tamaño y complejos que requieren de aplicaciones informáticas especiales para su procesamiento.
La noticia de adquisición de la nueva infraestructura causó revuelo cuando la SET informó que las redes sociales formarán parte del monitoreo, a modo de informar cuando un usuario podría estar evadiendo impuestos. Ante los comentarios, Farias declaró: “No vamos a internarnos en la intimidad de las personas, cada uno sube a sus redes por voluntad propia la información que quiere y configura que es lo que pueden ver terceros, de ninguna manera invadiremos la privacidad de un usuario. Si la información está disponible la utilizaremos por supuesto, pero con toda la responsabilidad que requiere una investigación seria. Hay cosas que son relevantes en materia de tributación y cosas que no, no se trata de entrar a ver el número de teléfono de cada contribuyente”.
Sin embargo, más allá de la función que desea realizar la SET, nos preguntamos si es realmente legal el uso de datos de una red social, utilizada para la interacción entre usuarios de todo el mundo. En este sentido, nos comunicamos con Paloma Lara Castro, analista de Políticas Públicas de Tedic, organización que actualmente exige una mesa de trabajo interinstitucional para la creación de una ley de datos personales.
Lara Castro explicó: “Según lo que dice la jurisprudencia y la normativa internacional respecto a estos temas, sobre todo lo que tenga que ver con derechos humanos e internet, es que el derecho a la privacidad debe ser protegido, una persona tiene que poder decidir qué comparte y no solamente qué comparte sino que tiene derecho a saber para qué será utilizada su información, es decir, no por configurar una publicación en modo público estoy autorizando a que se use para cualquier finalidad”.
De acuerdo a la analista, es necesario un marco regulatorio para cuestiones específicas tales como la que surge actualmente con la implementación del big data en la SET. Señaló que en “Paraguay no existe la ley de datos personales pero sí el fundamento constitucional del derecho a la privacidad. Se necesita una ley integral de datos personales para hacer frente a estas cuestiones y que no haya confusiones por parte de la ciudadanía respecto a qué se puede hacer y qué no, se requieren reglas claras”, manifestó Lara Castro.
A modo de ejemplo, la especialista agregó que en la actualidad Brasil está implementando su marco legal, el cual fue recientemente aprobado, mientras que Argentina cuenta con una legislación hace bastante tiempo, así también, la Unión Europea tiene el GEPR (General Data Protection Regulation), una ley base para todas las naciones que conforman la entidad.