Según Maricarmen Sequera, directora ejecutiva de Tedic, desde la óptica de la transparencia se podrían publicar estos datos sensibles, pero solo en la fase que contempla a trabajadores de la salud y adultos mayores de 60 años, de manera a no crear un mal precedente en la utilización de datos protegidos.
"La información divulgada es necesaria para transparentar el proceso de vacunación y que se cumplan a cabalidad con los públicos objetivos en cada fase. Consideramos que no todas las divulgaciones deben ser prohibidas, más en este caso, conscientes de que somos un país con suficientes problemas de corrupción y transparencia", señaló.
Para evitar situaciones como la de Argentina o Perú, con vacunaciones a personas que no eran prioritarias, el Ministerio publicará la lista con nombres, apellidos y número de cédula de identidad. Sequera consideró que es razonable permitir el listado de forma temporal, “porque existe interés público y de protección a la vida”, añadió.
"Esto es cultural, porque en la Unión Europea se basan, por ejemplo, en temas de consentimiento y la mayoría de las veces no se divulgan los datos, porque el Estado te garantiza que se cumplen los procesos establecidos, sin la necesidad que la población controle punto por punto. Pero en América Latina es otra la situación, entonces esas prácticas están sesgadas lastimosamente por la cultura de corrupción que tenemos y es muy difícil confiar en nuestras instituciones", reconoció.
Buscar alternativas: el consentimiento
Por otra parte, la abogada de Abente Stewart Abogados y especialista en protección de datos, Cecilia Abente, expresó que, según las normas internacionales, los datos de salud son considerados sensibles y estos requieren un extra de protección en todos los casos. Por otra parte, coincidió con Sequera para que la divulgación esté limitada a la primera fase de la vacunación y detenerla cuando se pasa a la vacunación masiva a la población.
Según Abente, el Gobierno inicialmente comunicó que solicitaría el permiso para la divulgación de dichos datos, pero luego por una cuestión de transparencia dio un paso atrás.
"Lo que corresponde en estos casos es solicitar el consentimiento de las personas, porque son datos sensibles relacionados al estado de salud. Con respecto a la legislación actual, el año pasado entró en vigencia la ley de protección de datos crediticios, que derogó la Ley 1.682, que hablaba de datos sensibles y en su artículo 4 se habla de la prohibición de los datos sensibles que permitan la identificación de la persona", indicó.
Para Abente, esta prohibición no se adhiere a la publicación de informes con datos estadísticos generales, aunque en este caso se pretende divulgar expresamente nombres, apellidos y número de cédula de identidad, además de decir que esta persona fue vacunada.
En el marco de la transparencia, se podría buscar alternativas para cumplir con los objetivos trazados, según Abente, sin poner en riesgo datos sensibles y más aún porque “no se cuenta con una disposición oficial de cómo administrarán la información”, subrayó.
Una opción, para Abente, sería crear una ley de emergencia para el manejo de los datos.