1. Presentación de declaraciones juradas y declaraciones de intereses personales
El documento presentado por Vallejo establece que cada candidato realice y presente una declaración jurada de sus ingresos y gastos realizados durante la campaña y una declaración de interés personal, una de su cónyuge o parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad.
2. Creación de una unidad especializada de control
Una unidad especializada conformada por funcionarios del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) y la Contraloría General de la República (CGR) será la encargada de controlar la autenticidad y veracidad de las declaraciones juradas.
3. Proscripción de candidaturas
Otro punto incluido en la propuesta de Vallejo es la posibilidad de proscribir candidaturas si es que se comprueba la falta de autenticidad de los documentos exigidos para la inscripción. Las sanciones podrían durar hasta dos elecciones y serán impartidas por el TSJE.
“No se midieron las consecuencias del desbloqueo de listas”
La directora de la fundación Semillas para la Democracia, Marta Ferrara, manifestó que el proyecto fue planteado a destiempo y que posee una serie de deficiencias al no haberse discutido los puntos que abarca en conjunto con el desbloqueo de listas. “Al aprobar el desbloqueo de listas no se midieron las consecuencias, desde Semillas para la Democracia y otras organizaciones advertimos muchas veces lo que iba a pasar con el control del dinero al desbloquear las listas y tener candidaturas independientes”, expresó.
Según Ferrara, el con el proyecto de trazabilidad se otorga demasiadas atribuciones al TSJE, incluso la posibilidad de proscribir candidaturas, siendo que actualmente no logran cumplir con las atribuciones que les concede la Ley 6.167/18 de Financiamiento Político. Asimismo, indicó que recién con el proyecto de Vallejo se está tratando de involucrar a la SET y a la Seprelad, siendo que al plantear el desbloqueo ya se tenía que haber trabajado en conjunto.
Semillas para la Democracia calcula que cerca de 30.000 candidatos participarán en las próximas internas del 12 de junio para los cargos plurinominales y todos deberán tener declaración jurada, que requeriría de que la SET haga bastante esfuerzo para otorgar el RUC a los candidatos que aún no cuenten con la cédula tributaria. En cuanto a la creación de la unidad especial de control, Ferrara mencionó que la Contraloría no tiene las atribuciones para controlar el dinero privado, solamente el público, es decir, no corresponde que sea parte de la unidad que establece el proyecto.
Problemas con la ley actual
“La ley actual no define la cantidad de candidatos que puede financiar un aportante, una persona puede donar hasta 20 jornales diarios a cada candidato. Un narcotraficante podría financiar a 10.000 candidatos con 20 jornales diarios. Estas cosas se dejaron pasar en el proyecto”, sostuvo. Entretanto, añadió que el mayor volumen de dinero ingresa en la publicidad, el transporte y la movilidad en el día de las elecciones y eso tampoco cuenta
El problema de la trazabilidad es que el dinero negro es el que no se registra, entonces, hay que controlar el transporte público, la publicidad, la movilidad en el día de las elecciones. Ahí es cuando entra mucho dinero y Paraguay no cuenta con una normativa que regule esas actividades.
Ley 6.167/18 de Financiamiento Político
La Ley 6.167/18 de Financiamiento Político es la normativa vigente en nuestro país y tiene como objetivo el control de los ingresos y gastos en campaña. El control lo ejercen los tribunales electorales partidarios o del Tribunal Electoral Independiente (TEI), sin inclusión de la Contraloría ni el TSJE.
Actualmente los aportes de personas físicas o jurídicas pueden ser de 7.000 a 10.000 jornales mínimos (G. 800 millones) y los aportes mayores a G. 20 millones deben ser girados a través de una cuenta bancaria.