Suspenden pago de anticipo por venta de ganado vacuno

(Por LF) La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que por Decreto 3182/2019 del Poder Ejecutivo, se posterga hasta el 30 de junio de 2020 el pago de anticipos del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias (Iragro) por la venta de ganado. La disposición se enmarca en el cumplimiento de la Ley N° 6380/2019 “De modernización y simplificación del Sistema Tributario Nacional”, que entró en vigencia el pasado 1 de enero.

Los productores ganaderos abonaron hasta finales del 2019, G. 15.000 en concepto de tributo por cada cabeza de ganado vendida, con esta nueva disposición, dicho pago, queda suspendido hasta el 30 de junio del presente año, informó la SET a los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), General y Simple.

“Conforme al Artículo 2 del Decreto 3182/19 y el Art. 88 de su anexo, los cuales reglamentan el IRE, vigente a partir de este año, no se practicará el anticipo o pago a cuenta del impuesto por la enajenación de ganado vacuno durante el primer semestre del 2020, a fin de que el Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) realice los ajustes necesarios para adecuar la documentación correspondiente a lo establecido en la Ley N° 6380/19 De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional”, comunicó la institución.

Por este motivo, el Senacsa, no requerirá a los ganaderos durante estos seis meses, la boleta de pago del mencionado impuesto cuando soliciten la expedición de las Guías de Traslado y Transferencia de ganado.

A partir del 1 de julio del 2020, se volverá a pagar pero se llamará “Anticipo en la Enajenación de Ganado Vacuno”. Los agentes de retención designados por la Administración Tributaria serán frigoríficos, ferias de ganado y otras entidades, en todas las ocasiones en que los contribuyentes del IRE (General o Simple) actúen como proveedores de ganado vacuno en pie, al momento de la adquisición de los bienes.

“La retención se realizará sobre el monto que resulte de aplicar el 0,4% que será calculado sobre el precio de la enajenación de dichos bienes, excluido el IVA. El importe retenido deberá ser imputado como anticipo del presente impuesto”, establece el artículo 88 del Decreto 3182/2019.

El Iragro es el impuesto que grava las ganancias que se obtienen por la realización de actividades agropecuarias tales como: la cría o engorde de ganado vacuno, ovino, caprino, bubalino y equino; producción de lanas, cueros, cerdas, semen y embriones; producción agrícola, frutícola, hortícola e ictícola; producción de leche y ganancias por las ventas del activo agropecuario. También grava las rentas provenientes de la cría de cerdos, conejos, aves, producción de flores, gusanos de la seda, miel de abeja y la explotación forestal, cuando son realizadas por el productor y no superan el 30% de los ingresos totales del establecimiento rural.

Empezaron con G. 150.000 y 100 medialunas; hoy son parada obligatoria en el centro de Asunción

(Por NL) A los 19 años, Milagros Ríos se encontró con una realidad que viven muchos jóvenes que son las puertas del mercado laboral cerradas una tras otra por no tener experiencia trabajando formalmente, pero lo que parecía ser un obstáculo terminó siendo el punto de partida de una historia de emprendimiento. Junto a su pareja, Ever Alfonso, apostó los últimos G. 150.000 que tenían para preparar 100 medialunas y venderlas en una feria por el Día de los Enamorados.

Gustavo Giménez: “Para el segundo semestre trabajamos en el lanzamiento de una TC mipyme para acompañar los procesos de formalización”

(Por MV) Las micro, pequeñas y medianas empresas son uno de los pilares más importantes de nuestra economía. Unas 420.109 mipymes operaron en el país durante 2024. Pero su relevancia no solo se mide por la cantidad de unidades económicas activas, sino también por su rol en la generación de empleo y en el movimiento diario del comercio, los servicios y la industria. No obstante, el sector sigue arrastrando uno de sus mayores desafíos históricos: avanzar hacia una formalización más simple, accesible y sostenible.

¿Tu jefe puede escribirte por WhatsApp fuera del horario laboral? Lo que dice la legislación paraguaya

(Por NL) Hace algunos años, la forma de trabajar dio un giro radical con el avance de la tecnología, el uso masivo de WhatsApp y la instalación del home office, factores que hicieron que la línea entre el horario laboral y la vida privada sea cada vez más difusa. La pregunta es: ¿puede un empleador enviar mensajes a cualquier hora? ¿Existe la obligación de responder? ¿Qué ocurre con los grupos de WhatsApp del trabajo? Para entender las implicancias del tema, InfoNegocios conversó con Rodrigo Roa, abogado especialista en Derecho Laboral, quien explicó qué establece la legislación paraguaya sobre el derecho a la desconexión y cuáles son los principales desafíos que plantean las nuevas formas de trabajo.