¡A ley pareja, nadie se queja! Casas de crédito deberán rendir cuentas desde el 2018

Luego de la aprobación de la Resolución n° 614, emitida por la Secretaría Nacional de Prevención contra el Lavado de Dinero (Seprelad), las casas de crédito fueron informadas que deberán estar registradas ante el ente, para seguir operando con normalidad.

Debido al creciente número de casas dedicadas a este rubro, la Seprelad anunció la implementación de la normativa para el año 2018, más específicamente desde el 1 de febrero.  Así, todas las entidades o personas físicas que ofrezcan prestamos en efectivo, deberán estar registradas en el sistema financiero, que ya se encuentra en funcionamiento en bancos, financieras, cooperativas y casas de cambio.

Según el ministro de la institución, Óscar Boidanich esto servirá para transparentar dicho segmento, lo cual es bastante demandado por la población. Con esto se logrará saber el origen del dinero prestado y verificar que todos los movimientos se estén realizando bajo el aval de las leyes vigentes.

“La resolución emitida tiene 3 objetivos primordiales, el primer punto es que incorporamos al segmento de casas de crédito como sujeto obligado al sistema financiero, el segundo es que de esta manera vamos a registrar los detalles importantes de las mismas y así vamos a saber quiénes son sus directivos o de dónde provienen los fondos de los accionistas; y por último, vamos a exigir información sobre los productos que están ofreciendo y las tasas de crédito, entre otros puntos más, de forma a poder trabajar en conjunto con el BCP, para que dichas entidades estén en línea con las normas establecidas en el sistema”, destacó Boidanich en una entrevista radial por Radio Ñandutí. normalidad desde el año próximo.

A su vez, el titular del ente recalcó que todas las casas de crédito van a tener que presentar: nóminas de accionistas, estatutos, patente comercial, constancia de inscripción en la SET, nómina de autoridades y nómina de individuos que operan con la entidad.

Por su parte, Boidanich hizo hincapié en la importancia del Artículo n°8, que refiere a que todos los actores involucrados van a tener que presentar una declaración anual sobre los fondos con los que operan y la documentación correspondiente que respalde esos fondos.

Una vez registrados en el sistema, las casas de crédito o personas físicas estarán habilitadas por un plazo de 3 años, debiendo renovar toda la documentación actualizada una vez que se cumpla el tiempo.

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