Las leyes aprobadas que pasan a Diputados son: la Modernización del Régimen de Maquila, la Modernización del Régimen de Incentivos Fiscales para la Inversión y la Ley de Ensamblaje.
Modernización de la Ley de Maquila: flexibilidad y control
La nueva ley actualiza un régimen de 28 años (Ley 1064/97) que será derogado para unificar toda la normativa bajo un solo cuerpo legal. Su objetivo principal es modernizar la industria maquiladora de exportación, un sector que, según los actores involucrados, emplea a 35.000 personas de forma directa y a 100.000 de manera indirecta.
Entre sus innovaciones, renueva el Consejo de las Industrias Maquiladoras de Exportación (Cnime) como organismo asesor de los ministerios competentes, eliminando la participación del Ministerio de Relaciones Exteriores e incorporando al Ministerio de Trabajo. Se introduce también una Secretaría Ejecutiva como órgano operativo y de control, aunque su financiamiento dependerá de las asignaciones presupuestarias regulares, eliminándose la previsión de que se financie con multas.
Uno de los puntos más debatidos fue la duración de los beneficios. El artículo 13 flexibiliza la renovación, permitiendo plazos menores, iguales o de hasta 20 años, con la posibilidad de renovaciones múltiples, siempre dentro del límite máximo de 20 años por cada período. Esta postura, defendida por el Ministerio de Economía, prevaleció sobre la visión de los empresarios, que preferían plazos indefinidos.
Para reducir la carga burocrática, el artículo 17 establece que los informes y datos de empleo generados deberán presentarse trimestralmente, y no mensualmente como establecía la versión original. El régimen tributario se mantiene simple y predecible: se aplica un tributo único del 1% al valor agregado, con exoneraciones del IDU, INR y el IRE.
El senador Silvio Ovelar destacó la incorporación de la “Maquila de servicios” para el mercado interno, permitiendo que un porcentaje de los servicios maquilados se consuma localmente. También se incluye la devolución del IVA y una mayor participación técnica de la DNIT. No obstante, la senadora Yolanda Paredes criticó el régimen, argumentando que históricamente benefició a empresas brasileñas que generan empleo para connacionales, con poca creación de mano de obra paraguaya.
Nuevo Régimen de Incentivos Fiscales
Esta ley propone la modernización completa del sistema de atracción de inversiones, regido hasta hoy por la Ley 60/90. Su función principal es equilibrar la atracción de inversiones con la sostenibilidad fiscal a largo plazo.
Mantiene incentivos clave como la exoneración de arancel e IVA por importación de bienes de capital, IVA en compras locales de bienes de capital nacional, impuesto a la renta de no residentes para financiaciones externas y exoneración de impuesto a dividendos y utilidades por hasta 10 años.
La principal innovación es la mayor equidad para el capital nacional. Se elimina una discriminación histórica: ahora las inversiones de capital paraguayo también podrán acceder a la exoneración del Impuesto a la Distribución de Utilidades (IDU), un beneficio que antes era exclusivo para el capital extranjero.
Se introduce la posibilidad de transferir bienes de capital importados con beneficios fiscales a nuevos inversionistas sin tener que devolver los impuestos exonerados. Además, se crea un nuevo mecanismo de financiamiento mediante un fideicomiso de garantía para asegurar el cumplimiento de los proyectos y permitir la recuperación de beneficios fiscales en caso de incumplimiento. La DNIT se incorpora al Consejo de Inversiones, aportando una perspectiva técnica y tributaria crucial.
Ley de Ensamblaje
Esta ley establece una política pública para incentivar el ensamblaje de equipos eléctricos, electrónicos, electromecánicos y digitales, con el objetivo declarado de acelerar la industrialización del país e insertarlo en cadenas globales de valor.
Los incentivos incluyen la exoneración de impuestos a la importación y compra de bienes y materiales necesarios para la producción, además de un régimen especial para la comercialización de los bienes ensamblados. Sin embargo, las condiciones están diseñadas para asegurar que las inversiones tengan un impacto significativo en la economía local, exigiendo que se genere un mínimo de valor agregado dentro del país para acceder a los beneficios.