Empresa por Acciones Simplificadas (EAS), una opción para el emprendedor

(Por Marcelo Vera de Ehreke Business Attorneys) La Empresa por Acciones Simplificadas, EAS, una nueva figura legal orientada a los emprendedores, otorga facilidades y ventajas en comparación a los tipos societarios tradicionales previstos actualmente en la legislación.

¿Qué es una Empresa por Acciones Simplificadas (EAS)? La EAS es un nuevo tipo de persona jurídica creada por la Ley 6.480/20, que permite a los emprendedores de diversos rubros comerciales formalizarse como empresa mediante un trámite de constitución sumamente simple y gratuito. Esta figura legal no exige la pluralidad de accionistas, como los demás tipos de sociedades hoy existentes, lo que permite que se constituya por una sola persona, o sea como empresa unipersonal.  

Conveniencia patrimonial de la EAS

Cuenta con la ventaja de otorgar seguridad en los negocios sin involucrar el patrimonio personal de los accionistas en el giro comercial de la empresa, ya que la EAS establece la separación de la persona física de la persona jurídica, para que el patrimonio personal del o los accionistas permanezca protegido, debiendo la sociedad responder solo hasta el límite de su propio capital.

Por tanto, es ideal para las personas físicas que ejercen el comercio por sí y con un nombre de fantasía, con lo cual deben responder personalmente de forma ilimitada, permitiéndoles reorganizarse como empresa mediante una figura simplificada, segura y conveniente. 

Características principales

El trámite de constitución se realiza personalmente y en línea, sin necesidad de servicios de escribanía, a través del Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE), en cuya página web está disponible un formulario para la inscripción y el primer estatuto social estándar.

  • Se constituye en 72 horas, sin costo alguno.

  • Puede constituirse por una o más personas como accionistas, sin un capital mínimo. Los aportes en dinero o bienes pueden hacerse luego.

  • El accionista sólo responde hasta el límite de sus aportes comprometidos.

  • No necesita un directorio colegiado, bastando la designación de un representante legal, que puede ser un accionista.

  • La sindicatura es opcional.

  • No se requiere que la EAS se inscriba en el Registro Público de Comercio para iniciar sus actividades.

  • Las inscripciones en el Instituto de Previsión Social (IPS), el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), y como contribuyente en el Ministerio de Hacienda son automáticas.

  • Todos los trámites, como constitución, asambleas, presentaciones anuales de declaraciones juradas de beneficiarios finales y otros, se realizan desde el portal del SUACE.

  • No se necesita publicar su creación o sus convocatorias de asambleas en un diario de gran circulación, ya que estas publicaciones se realizan sin costo en la página web del Ministerio de Industria y Comercio (MIC).

Proceso de implementación y futuro de las EAS

Desde la creación de la EAS se implementaron reglamentaciones parciales sobre su funcionamiento, encontrándose en constante desarrollo por etapas a cargo del MIC y otras instituciones involucradas.

Actualmente, una EAS se constituye mediante un estatuto estándar, que permite estructurar libremente su composición accionaria y forma de administración. Asimismo, pueden convocarse asambleas ordinarias para tratar determinados puntos en el orden del día, o bien, comunicar transferencias de acciones.

Los Registros de Personas Jurídicas y de Beneficiarios Finales del Ministerio de Hacienda pueden actualizarse con un solo clic, de no haber cambios desde la última declaración.

Si bien aún están pendientes de reglamentación actos como: emisión de acciones y asambleas extraordinarias para modificar estatutos o transformar o fusionar la sociedad, para todo lo no previsto en la 6.480/20, aplican supletoriamente las normas de las sociedades anónimas del Código Civil y sus reglamentaciones. Por tanto, la EAS brinda las mismas prestaciones de las sociedades tradicionales, pero de forma más simple.

En conclusión, la figura de la EAS viene a revolucionar el mundo empresarial en Paraguay, como una alternativa de formalización que facilita el desarrollo de proyectos de pequeños y medianos emprendedores, con las ventajas que otorgan la simplificación y la centralización de los trámites online. Si bien aún está en desarrollo, es un producto altamente recomendable para determinados proyectos, especialmente para las pymes.

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