¿Cuánto duran las obligaciones? La importancia de conocer los plazos legales

(Por José A. Carvallo de CGA SA) Es frecuente en el desarrollo comercial encontrarnos con obligaciones no cobradas o no pagadas, y por supuesto, surge la pregunta genérica de hasta cuándo podremos reclamar el cumplimiento o hasta cuándo nos pueden exigir.

Vemos que la mora judicial es un tema recurrente en nuestros tribunales, por ende, es importante, para cualquier empresa y rubro poder tener presente los momentos en que debemos requerir el trabajo y gestión de los asesores jurídicos internos o externos. Si bien los títulos de créditos son los más comunes presentados judicialmente para el cobro (cheques, pagares, facturas conformadas etc.) es siempre preciso saber que si existe un plazo pactado, ese plazo tiene un final expreso para las obligaciones, contratos, compromisos, acuerdos y sin detallar exhaustivamente el tema, podemos citar cuestiones elementales.

Acá un pequeño resumen

En el Código Civil se establecen los actos que prescriben por la inacción y también los que no prescriben que son taxativamente citados. (artículos 657 en adelante). Sin embargo, encontramos en empresas o personas, obligaciones que muchas veces no fueron establecidas con un plazo fijo, sino que simplemente no se realizaron, completaron o cumplieron. Existe una salida legal:

“Art. 659. prescriben a los diez años.

e) todas las acciones personales que no tengan fijado otro plazo por la ley.”

Por lo tanto, alguna obligación, dineraria, de hacer, no hacer, dar etc., si no tiene plazo establecido, se fijan los 10 años como plazo máximo, para su prescripción. Insistimos, cuando no tiene un plazo de antemano fijado.

Ahora bien, también en el código se establecen otras cuestiones como por ejemplo las acciones que en el seno de una misma empresa se podría tener entre otras cuestiones…

“Art. 660 prescriben a los cinco años, las acciones para reclamar:

a)  los atrasos en pensiones alimentarias;

b)  el precio de los arrendamientos o alquileres:

c)  lo que, no siendo capital, deba pagarse por años o plazos periódicos más cortos, como anualidades de las rentas vitalicias; y los intereses que deben abonarse periódicamente;

d)  los derechos que derivan de las relaciones de los socios entre sí, y con la sociedad;

e)  la responsabilidad de los administradores, que corresponde a los acreedores sociales en los casos establecidos por la ley.”

El Código Civil sigue estableciendo prescripciones por 4, 3, 2, 1 e inclusive 3 meses, para lo cual, para cada caso o situación, el código nos da una solución que tendrá una vigencia particular establecida.

Conclusiones

Encontramos muy importante que las acciones al cumplimiento o cobro de las cuestiones pactadas puedan ser reclamadas en los momentos adecuados para evitar tener que recurrir en el filo de los plazos fijados por ley, por lo tanto, es relevante saber que tanto el acreedor o deudor no tendrá esta calidad para siempre, pudiendo, por el paso del tiempo, quedar resuelta y terminada la obligación sin más nada que reclamar, inclusive los daños y perjuicios generados.

Recomendación

Es muy importante el control de la fijación de plazos convenientes y en base a la naturaleza de la obligación y función, cada tipo comercial y cada empresa tendrá sus formas y procesos, pero por sobre todo el control del cumplimiento del establecimiento de algo tan sencillo como la fijación temporal de una obligación, más aún, cuando las condiciones son varias, a plazo o con cuestiones concatenadas.

Paraguay se consolida como el 5º mayor proveedor de carne porcina para Taiwán

(Por SR) El sector porcino paraguayo vive un momento histórico. De enero a julio de este año, Paraguay exportó a Taiwán un total de 5.092 toneladas de carne porcina por un valor de US$ 17,4 millones, lo que representa un incremento del 19% en términos de valor y 13% en volumen con relación al mismo periodo del año pasado. Estos números posicionan al país como el quinto mayor proveedor de carne porcina para el mercado taiwanés, uno de los más competitivos y exigentes de Asia.

Más feriados al año: qué piensa el sector empresarial y cómo impactan en la economía

(Por NL) La reciente sanción y promulgación de la Ley que fija el calendario oficial de feriados en Paraguay abrió un nuevo capítulo en el debate sobre cómo estos días impactan en la economía nacional. La normativa establece los feriados nacionales, incorpora al 20 de junio como fecha patria y faculta al Poder Ejecutivo a decretar hasta tres feriados adicionales por año. En medio de la expectativa por un posible feriado si Paraguay clasifica al Mundial tras el partido de este jueves, la discusión sobre la conveniencia de sumar días no laborables vuelve a ponerse sobre la mesa.

Deporte, turismo y negocios: Paraguay cerró agosto con casi US$ 500 millones en impacto económico

(Por TA) Paraguay cerró el mes de agosto con un movimiento turístico excepcional, impulsado principalmente por el World Rally Championship y los Juegos Panamericanos Junior ASU 2025. Según estimaciones de la Secretaría Nacional de Turismo (Senatur), cerca de 250.000 personas visitaron el país, aunque la cifra exacta será confirmada próximamente por la Dirección Nacional de Migraciones.

Senado da media sanción a la Ley de Mercado de Valores y habilita financiamiento colectivo para pymes

El Senado aprobó el proyecto de Ley de Mercado de Valores y Productos, impulsado por el Poder Ejecutivo como parte de un paquete de leyes económicas destinadas a modernizar el marco normativo financiero del país. La iniciativa, que recibió dictamen favorable de las comisiones asesoras, busca unificar y actualizar siete normativas dispersas que regulaban el mercado bursátil local, derogándolas para crear un marco regulatorio único y coherente .

Crecen las canas, crece el mercado: la ola plateada impulsa la demanda de servicios de cuidado

(Por SR) El Paraguay atraviesa una transición demográfica que traerá consigo un cambio profundo en la forma en que los hogares organizan el cuidado de las personas dependientes. Según el estudio “La demografía de los cuidados en Paraguay”, presentado por el investigador Sebastián Bruno y su equipo, hoy cerca del 31% de la población requiere algún tipo de cuidado, lo que equivale a más de 1.810.000 personas. De este total, el 22,2% corresponde a personas de 60 años o más, un segmento que crecerá de manera acelerada en las próximas décadas.