Según el abogado y socio de Ferrere, Carlos Codas el punto débil de la legislación paraguaya es que está completamente desfasada, atendiendo que la Ley Nº154 de Quiebras es del año 1969. “La Ley fue promulgada hace 51 años y en su época fue una de las mejores leyes de Latinoamérica, pero ya no está acorde a nuestros tiempos, no solamente en lo referente a quiebras sino en la convocatoria de acreedores”, indicó Codas.
En la quiebra lo que se busca es usar los activos de una empresa para repagar a los acreedores y Paraguay tuvo muchas falencias al utilizar la ley para salvar a los bancos en los años 90, según Codas, quien también recordó que el porcentaje de recuperación de créditos en los noventa fue ínfimo, a tal punto de que casi todo lo recuperado fue al pago de abogados y el Estado quedó prácticamente sin nada.
Para entender la utilidad de la Ley de Quiebras, es necesario comprender qué busca proteger. Cuando una empresa no puede pagar sus deudas, se presenta ante un juzgado en lo civil y comercial para declararse insolvente. Bajo la normativa de quiebras actual, lo que ocurre es que un funcionario llamado síndico de quiebra intenta auxiliar a la empresa, llevando adelante los trámites, analizando la lista de los créditos, los pasivos y activos e impulsando el proceso de los pagos para la venta de los activos.
“La realidad es que los síndicos de quiebras, que son abogados, no son los más idóneos para administrar bienes, es decir, no tienen el expertise para determinar el valor de las propiedades. Una empresa puede llegar a la quiebra y tener distintos tipos de activos, estancias, puntos de comercio o fábricas que deben ser vaporizadas”, apuntó Codas, quien consideró que al régimen paraguayo de quiebras le falta dar participación a técnicos especializados en administración y negocios.
Dos casos actuales de empresas que buscan ampararse en un régimen de quiebra son Avianca y LATAM Airlines, que convocan acreedores para negociar la reestructuración de sus deudas. “Esto en Paraguay no se puede hacer porque la Ley no contempla esta posibilidad. Las opciones que tienen las empresas en Paraguay son sumamente limitadas y comúnmente la empresa que se ampara en la Ley de Quiebras lo hace para que se liquiden sus bienes”, señaló Codas.
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Por otro lado, el especialista añadió que nuestro sistema tampoco dispone de juzgados especializados de quiebra, que le darían mayor celeridad a los procesos de liquidación o reestructuración, en caso que se modifique la ley. “Cuando una quiebra se tramita en Paraguay puede durar décadas, hay procesos que datan desde los años noventa y aún están vigentes, por eso se debe crear estos espacios técnicos para obtener celeridad”, subrayó.
Hay proyecto
Codas reveló que durante el gobierno de Horacio Cartes el Ministerio de Justicia y Trabajo impulsó un nuevo proyecto para modificar la Ley de Quiebras y fue elaborado bajo el criterio técnico del Banco Mundial. “Este proyecto incluía que las convocatorias se realicen con profesionales técnicos y que se den mejores alternativas a las empresas”, reveló.
Es importante recordar que el sector mipyme es el más vulnerable ante las consecuencias económicas que deja el COVID-19 por el alto porcentaje de informalidad. De las 844.000 empresas solo 236.000 están inscriptas en la SET y según el Viceministerio del Trabajo hasta el momento hay 8.900 empresas que tienen contratos suspendidos, en su mayoría mipymes, lo cual podría ser un indicador para evaluar la cantidad de empresas que necesitarán reestructurar sus deudas.
¿Qué ocurre en EE.UU.?
Según Codas, en EE.UU. el objetivo de la Ley de Quiebras (conocido popularmente por el Capítulo 11) no es liquidar a las empresas, sino que subsistan, tengan más posibilidad dentro de la comunidad de negocios y se conserven los empleos. En pocas palabras, el modelo americano busca dar aire a las empresas y a sus acreedores, porque a estos también les conviene que no se ejecuten quiebras que les retribuyan menos.