El abogado Alejandro Díaz Arce explicó a InfoNegocios que esta operación jurídica se conoce como cesión de crédito y está prevista en el Código Civil Paraguayo. Según indicó, el deudor no necesita autorizar la venta de su deuda, pero sí tiene derecho a ser informado de manera fehaciente.
“La cesión de crédito es totalmente legal. Lo que no es legal es omitir las obligaciones que la ley impone al momento de transferir esa deuda”, sostuvo.
¿Y cuáles son esas obligaciones? Entre ellas se encuentran notificar formalmente al deudor quién es su nuevo acreedor y respaldar la deuda con la documentación correspondiente. Cuando estos requisitos se omiten, pueden generarse reclamos por montos superiores a los originales, confusión sobre a quién pagar e incluso cuestionamientos judiciales sobre la validez del crédito.
No alcanza con un WhatsApp o una llamada
Uno de los principales errores que, según Díaz Arce, se repiten en la práctica es la forma en que las entidades comunican el cambio de acreedor.
El especialista explicó que el Código Civil establece mecanismos específicos para notificar al deudor, como telegramas colacionados, cartas certificadas o notificaciones notariales. En cambio, los mensajes de WhatsApp, las llamadas telefónicas o los simples avisos verbales no reemplazan esa obligación legal.
La finalidad de esa comunicación es evitar que el deudor termine pagando a quien ya no corresponde o desconozca quién es el nuevo titular del crédito.
“El deudor tiene derecho a saber a quién debe pagar. Si eso no se informa correctamente, se genera una enorme confusión y pueden producirse pagos que después ni siquiera cancelan la deuda”, advirtió.
El problema de los intereses
Para el abogado, una de las mayores consecuencias aparece cuando las personas realizan pagos sin contar con información clara sobre la cesión del crédito.
En esos casos, explicó, algunas empresas imputan esos montos únicamente a intereses moratorios y punitorios, mientras el capital original permanece prácticamente intacto, lo que provoca que la deuda continúe creciendo con el paso del tiempo.
“El cliente cree que está reduciendo su obligación, pero muchas veces descubre que el capital sigue igual y que solo disminuyeron los intereses. Esa situación termina prolongando la deuda durante años”, explicó.
“Una empresa puede decir que alguien debe G. 40 millones, pero, si no puede exhibir el documento que originó esa deuda, existe un problema jurídico importante. No basta con que aparezca un número en un sistema informático”, señaló.
Para Díaz Arce, el título de crédito constituye el respaldo fundamental de la obligación, y su inexistencia o la imposibilidad de exhibirlo puede ser determinante dentro de un proceso judicial.
Un problema que puede afectar durante años
El abogado aseguró que este tipo de situaciones no son casos aislados y que ha representado a clientes que permanecieron durante largos periodos con calificaciones negativas en el sistema financiero.
Incluso sostuvo que, en algunos casos, una persona puede permanecer más tiempo con dificultades para acceder al crédito debido a una clasificación incorrecta que alguien que atravesó un proceso formal de quiebra.
Por ello, recomienda que cualquier persona cuya deuda haya sido vendida solicite información sobre quién es el nuevo acreedor, exija la documentación correspondiente y conserve siempre los comprobantes de pago.
“Las entidades financieras tienen derecho a vender sus créditos, pero también tienen obligaciones legales. Cuando esas obligaciones no se cumplen, existen herramientas judiciales para que el ciudadano haga valer sus derechos”, finalizó.
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