La Resolución General Nº90/2021 de la Subsecretaría de Estado de Tributación establece el registro de comprobantes mediante un mecanismo para controlar las deducciones de los contribuyentes. "Dentro del nuevo sistema de registro de comprobantes, ya están incluidos los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial, del Simple y del IVA. Lo que se puede presentar es limitado y por eso proponemos que parte de la alimentación sea deducible", afirmó Alba Talavera, miembro del Colegio de Contadores del Paraguay.
Según la contadora, el hecho de que gastos como el ocio y la comida no puedan presentarse como débito fiscal resta capacidad de compra al contribuyente durante todo el mes, además de que dichas limitaciones caminan en sentido contrario a la intención del Estado de formalizar el sistema económico.
¿Los controles más estrictos de la SET contribuirán al incremento del comercio informal? "Pienso que puede ser posible que algunos contribuyentes busquen ventaja y los supermercados y despensas de barrio formales terminen perjudicados", consideró.
Por otra parte, señaló que la SET ya tiene una postura particular sobre el planteamiento del Colegio de Contadores, la cual no es favorable. Sin embargo, Talavera indicó que están articulando con algunos legisladores para que evalúen la posibilidad de que al menos el 30% de los gastos vinculados a la alimentación sean deducibles.
"Con este nuevo sistema existe un pequeño incentivo, en el sentido que el IVA es 5% para el alquiler de ciertos negocios, por ejemplo hoteles, lugares de turismos, restaurantes y otros", manifestó Talavera. No obstante, advirtió que la única motivación que tienen los contribuyentes podría no tener utilidad práctica, ya que “el Estado siempre encuentra la forma de aumentar las recaudaciones”.
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