Una empresa en 72 horas: régimen de acciones simplificadas estará disponible para ayudar a emprendedores

La Empresa de Acciones Simplificadas (EAS) ofrecen la posibilidad de constituir una empresa en un plazo máximo de tres días, sin la necesidad de escritura pública ni límite de capital mínimo, mientras que todo puede realizarse de forma virtual. La herramienta se encuentra en etapa de prueba para la simulación de casos y el mejoramiento del sistema, pero a corto plazo estará completamente operativa y disponible, según nos explicó el abogado Francisco Viveros, de AVS & Asociados.

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“Se trata de una nueva herramienta puesto que esta figura no existe en el ordenamiento jurídico nacional. Hablamos de un ente que puede ser creado por un solo miembro y posteriormente puede ir incorporando otros socios”, manifestó el abogado. Según Viveros, lo novedoso de este régimen es que el emprendedor o empresario crea una nueva personería jurídica que tiene una existencia y patrimonio propio, lo que significa que responde por sus obligaciones con sus propios recursos.

En términos simples, aclaró Viveros, existe una separación de patrimonios entre el miembro y la empresa. Esto sirve como un sistema de protección de bienes ante cualquier operación que realice la firma.

Este sistema de protección dentro del ordenamiento jurídico solamente se tiene en la figura de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) (vigente desde 1983), que es poco utilizada en el ámbito comercial porque supone de un capital mínimo alto (2.000 jornales) y requiere diversos trámites de escritura pública.

“Este tipo de denominación jurídica no precisa de escritura pública ni de capital mínimo y todos los trámites de apertura se realizan a través de un portal web, que está habilitado para simular la apertura de las empresas. Encima al tratarse de una empresa por acciones simplificadas, el titular puede vender sus acciones a diferentes personas interesadas, sin muchos trámites”, expuso el abogado.

Otro gran beneficio, de acuerdo al especialista, es la agilidad del proceso, ya que es posible constituir una empresa en el plazo de 72 horas, a diferencia de los 60 a 90 días que se demora la creación de una sociedad anónima. “Igualmente, también está la ventaja de que en el portal web se encuentra el modelo de estatuto de la EAS, lo que permite hacer la gestión sin la necesidad de contratar un consultor o abogado especializado, y todo el proceso es gratuito”, destacó Viveros.

A la vez, el abogado resaltó que en la creación de una sociedad anónima se gastan unos G. 5 millones (como mínimo), pero con esta herramienta se evita esa barrera de costos.

“El demo es bastante simple, te pide datos concretos y que subas los archivos en PDF, que son pocos y que buscan más que nada certificar que las informaciones son reales.

No sé con exactitud si se mantendrá esta estructura en el formato final, pero ojalá lo hagan porque cumple a cabalidad con el objetivo de la figura”, mencionó.

Además de todos los beneficios citados, este régimen potenciará la formalización de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) en tanto que les simplificará lo relacionado a sus procesos contables y societarios.

¿De dónde sale esta figura?
Conforme a Viveros, este tipo de sociedad es utilizado en Europa desde la década de 1990 y es implementado en la mayoría de los países bajo el nombre de Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS). Pero como nuestra legislación establece que una sociedad es entre dos o más personas y de manera a no distorsionar la concepción de esta figura, se terminó aplicando el término empresas, informó.

“Ya recibí consultas de empresarios extranjeros interesados en invertir en el país. Como utilizan la figura de la SAS en sus respectivos países, quieren hacerlo también con la misma herramienta”, finalizó.

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