¿Avance en la protección de datos o retroceso en el acceso a la información pública?

La Cámara de Senadores aprobó con modificaciones el proyecto de Ley de Protección de Datos Personales, manteniendo el controvertido artículo 24, que permitiría la negativa por parte de la administración pública ante pedidos de información de interés público. El texto fue devuelto a Diputados.

El Senado dio media sanción este miércoles al proyecto de Ley de Protección de Datos Personales y, con ello, reavivó la polémica en torno a su artículo 24, que abre la puerta a limitar el acceso ciudadano a información pública sobre funcionarios del Estado. La propuesta, defendida por varios legisladores como una herramienta para adecuarse a los nuevos desafíos del mundo digital, encendió las alarmas entre expertos y organizaciones de la sociedad civil que ven en la normativa un intento velado de blindar los privilegios del sector público.

El punto más debatido del texto aprobado sigue siendo el artículo 24, que establece condiciones bajo las cuales la administración pública podría denegar el acceso a ciertos datos personales, incluso si se trata de información relacionada con la función pública, como salarios, declaraciones juradas o antecedentes laborales. Aunque el Senado introdujo cambios que, a primera vista, mitigarían algunos riesgos, críticos del proyecto aseguran que la norma abre un camino para restringir derechos conquistados en la última década.

“Creo que todos estamos de acuerdo en que es necesaria una ley de protección de datos personales. Ahora bien, nuestros honorables parecen que están haciendo de las suyas una vez más: pretenden anular, en los hechos, a la ley de acceso a la información pública”, cuestionó Ezequiel Santagada, director del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA). En un extenso hilo en redes sociales, Santagada alertó que la norma podría obligar a los ciudadanos a solicitar el consentimiento de los funcionarios para acceder a datos como sus nombres, sueldos o decisiones administrativas.

El texto aprobado por el Senado realiza algunas correcciones con respecto a la versión remitida por la Cámara de Diputados, en especial al preservar la obligación de publicación activa de información contemplada en la Ley 5189 y en los artículos 8 al 11 de la Ley 5282 de Acceso a la Información Pública. Sin embargo, la nueva versión deja a discreción de un órgano a ser creado —la futura Agencia de Protección de Datos Personales— la interpretación sobre qué se puede divulgar y qué no. Este paso intermedio puede alargar los plazos y dificultar el acceso efectivo a información de interés público.

Durante la sesión, el senador Colym Soroka sostuvo que “no es cierto que se derogue de facto la Ley de Acceso a la Información Pública” y defendió la necesidad de fortalecer la institucionalidad en materia digital. “Las debilidades del MITIC no deben condicionar la idea de que esa institución deba crecer cada vez más. Existen desafíos que los Estados tendrán que combatir en el ámbito digital”, señaló el legislador, al justificar que el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación sea el rector del sistema de protección de datos, a pesar de las dudas expresadas sobre su capacidad actual.

Varios senadores manifestaron su desconfianza hacia el MITIC como órgano rector, apuntando a la falta de autonomía y a su historial en materia de transparencia. No obstante, la mayoría parlamentaria optó por mantener esta disposición, bajo el argumento de que la institución podrá evolucionar y que el país necesita con urgencia una autoridad en esta materia para enfrentar riesgos globales como la venta de datos, el uso de inteligencia artificial y los ciberataques.

Pese a estos argumentos, organizaciones de la sociedad civil anunciaron que, de promulgarse la ley en estos términos, recurrirán a la Corte Suprema de Justicia para solicitar su inconstitucionalidad. “Estarían pisoteando una de las sentencias más relevantes de nuestra Corte, el histórico Acuerdo y Sentencia 1306, que nos dio una breve ‘primavera de la transparencia’”, recordó Santagada, en alusión al fallo que consagró el acceso a la información como un derecho humano en Paraguay.

El proyecto vuelve ahora a la Cámara de Diputados, donde los legisladores deberán decidir si aceptan los cambios introducidos por el Senado o insisten en su versión original. De mantenerse la redacción actual, todo indica que el Ejecutivo no vetará la norma.

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