Leandro Vázquez, director de Carmen Vázquez Inmobiliaria, explicó a InfoNegocios que en todo contrato de alquiler hay ciertos puntos que no se pueden dejar de lado. “Siempre es importante que estén bien definidos los plazos del contrato, el monto, el incremento anual y las condiciones del inmueble al momento de la entrega”, señaló. Estos elementos son básicos para evitar conflictos posteriores y proteger tanto al propietario como al inquilino.
El directivo añadió que, si bien en la práctica todavía existen acuerdos verbales, lo recomendable es formalizar siempre por escrito. “Un contrato verbal no tiene validez práctica si surge un conflicto. Lo mejor es dejarlo todo plasmado en un documento, sea privado entre las partes o incluso a través de una escribanía”, resaltó.
En este punto, el abogado Juan José Maldonado matiza que un acuerdo verbal también es legalmente válido: “No siempre es necesario tener un contrato por escrito. Es totalmente válido un acuerdo entre partes de forma verbal. Pero en caso de controversia, el contrato puede ayudar a resolver las cuestiones que se podrían plantear a futuro. No existe obligación de hacerlo por escrito, pero siempre es recomendable que exista un documento donde consten las obligaciones de cada parte”, explicó.
Otro aspecto crucial surge cuando el inquilino necesita adaptar el inmueble para su rubro, en especial en el caso de restaurantes. Allí entran en juego negociaciones sobre quién asume los costos de reformas, desde cocinas industriales hasta instalaciones de gas, electricidad o ventilación. Muchas veces, lo que se invierte puede recuperarse en descuentos en el alquiler o quedar como parte del inmueble.
Maldonado recomendó dejar claro este punto en el contrato: “En caso de querer introducir mejoras, el locatario deberá informar por escrito al propietario. Además, quien alquila debe hacerse cargo de todo el mantenimiento y de los servicios básicos; no puede recaer sobre el propietario”, detalló. También resaltó que no deberían faltar cláusulas relacionadas con la fecha y forma de pago, intereses en caso de mora y el destino del inmueble, ya sea para gastronomía, oficinas o vivienda.
Finalmente, aparece un concepto muy particular en el mundo de los negocios: la compra de la “llave”. Se trata de un monto adicional que se paga cuando un local ya tiene clientela formada o está equipado para seguir funcionando. El valor depende de factores como ubicación, facturación y antigüedad.
Para quienes buscan alquilar por primera vez, la recomendación de Vázquez es asesorarse con profesionales inmobiliarios y planificar bien la inversión inicial, no solo en el alquiler, sino también en adecuaciones y costos operativos. Y desde lo legal, Maldonado insiste en la importancia de un contrato que contemple con claridad los derechos y obligaciones de ambas partes, porque en materia de negocios, la prevención siempre resulta más barata que el conflicto.
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