“La demora de la reglamentación de los precios de transferencia es grave porque si no contamos con ella, las reglas pierden claridad, lo cual complica la financiación y comercialización en el sector”, expresó Noguera. Los precios de transferencia son una nueva figura incluida por la Ley N°6380 De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional, la cual incluye “normas especiales de valoración de operaciones” para regular los precios de transferencia.
Esta disposición fue creada según lo recomendado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), para que la administración tributaria pueda comprobar que las operaciones realizadas entre personas o entidades vinculadas se valoraron basándose en el precio de mercado y así se determine el pago correspondiente al Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).
“La ley incluye a los bienes cotizados internacionalmente a través de mercados transparentes mundiales o regionales, bolsas de comercio o similares, que es la manera en la que se comercializa en nuestro sector”, señaló Noguera. Asimismo, la gerente general de Cappro recordó que ya existe un proyecto de normativa y contó que ya solicitaron a la SET que lo socialicen.
“Aparte de la situación coyuntural, la existencia de una reglamentación en el precio de transferencia acorde a la realidad del país es clave para que la cadena productiva no pierda competitividad”, acotó.
Faltan inversiones
Por otra parte, Noguera enmarcó que la última gran inversión de tipo agroindustrial fue realizada en 2013 y desde entonces, a pesar del enorme potencial, los planes se frenaron por los constantes cambios en las reglas de juego y la inseguridad jurídica.
“Las grandes industrias globales invirtieron en Paraguay porque la ley reconocía la devolución del 100% del IVA al exportar productos industrializados. En 2013 se redujo la devolución al 50% a las procesadoras de aceite, harina y pellet al igualarlas con las exportadoras de granos en estado natural”, argumentó.
Noguera reclamó que, a pesar de que la Corte Suprema falló a favor de una acción de inconstitucionalidad presentada por Cappro, se continuó devolviendo solo el 50% del IVA. “Esta última ley tributaria dio el golpe de gracia a los proyectos de ampliación y nuevas inversiones llevando a cero la devolución del IVA para nuestro sector”, finalizó.
Tu opinión enriquece este artículo: