Según se extrae del documento, cada pasajero deberá solicitar autorización para realizar el vuelo con 72 horas de anticipación al Centro de Coordinación Institucional (CCI), vía email o en forma personal en mesa de entrada. La estancia en Paraguay no podrá superar los siete días, caso contrario deberá contar con el visto del CCI.
Además de lo anterior, para el ingreso al país, los viajeros tendrán que acreditar un resultado negativo de COVID-19 con antigüedad de no más de tres días hecho en un laboratorio habilitado en origen o ciudad de tránsito. Asimismo, se llenará una ficha durante el vuelo, que considera datos personales y de interés para la salud pública, que serán usados para una evaluación de riesgo como síntomas de los últimos 10 días.
En el caso puntual de las tripulaciones aéreas, si alguno de ellos presentara cuadros de fiebre, dificultad para respirar o similares, deberá permanecer en su lugar de pernocte, informar al empleador y no acudir a su puesto de trabajo hasta tanto el MSPBS lo autorice. En tanto, el transporte que trasladará a las tripulaciones desde el aeropuerto al sitio de hospedaje, se desinfectará previamente y su conductor cumplirá con todas las medidas para mitigar y evitar el contagio.
No existe de momento una fecha confirmada para el reinicio de los vuelos comerciales regulares de y hacia Asunción, aunque se estima que ello podría darse desde setiembre, inicialmente para las “operaciones burbujas”, que incluirá la conexión desde Montevideo, Uruguay (con Paranair y Amaszonas Uruguay), para pasajeros corporativos, no así para turismo. Para una segunda etapa, se habilitarían los vuelos desde Madrid, España (con Air Europa), Buenos Aires (Aerolíneas Argentinas, Paranair y Flybondi) y Córdoba (con Air Europa), en Argentina.
Fuente: aeronauticapy.com
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