Activos digitales: el desafío de regular un mercado que evoluciona más rápido que las leyes

La discusión sobre los activos digitales ya no es una realidad lejana para el país, especialmente en un contexto en el que Paraguay busca posicionarse como destino para inversiones vinculadas a la economía digital. Criptoactivos, tokenización, stablecoins, activos representados en blockchain y nuevas formas de intermediación financiera ganan espacio dentro del debate local. Sin embargo, la gran pregunta sigue abierta: ¿necesita Paraguay una ley específica para regularlos o conviene avanzar con reglas sectoriales, flexibles y adaptadas a cada riesgo?

Ese fue uno de los ejes planteados durante la charla Activos Digitales: El futuro financiero, organizada por Excelsis y Cavapy, donde Pablo Debuchy, abogado y socio del Estudio Gross Brown, analizó el estado actual del marco regulatorio paraguayo y los desafíos que presenta este nuevo ecosistema.

Para el especialista, el primer punto no pasa solamente por definir quién debe regular el negocio de los activos digitales, sino también si efectivamente se debe regular y de qué manera.

Con una mirada jurídica, los activos digitales pueden entenderse como representaciones electrónicas de valor o de derechos, registradas mediante algún tipo de tecnología. En ese sentido, Debuchy advirtió que el principal error sería intentar regular la tecnología en sí, cuando muchas de las situaciones que plantea este sector ya pueden encontrar respuestas dentro de marcos existentes del derecho civil, bancario, tributario o del mercado de valores.

El debate no es menor. Los activos digitales ofrecen ventajas para el desarrollo financiero: permiten fraccionar derechos, facilitar el acceso a inversiones, reducir costos de intermediación, generar mercados más profundos y operar de manera continua, incluso bajo esquemas 24/7. Esta lógica abre la puerta a nuevos modelos de inversión, donde una persona ya no necesita adquirir un activo completo, como un inmueble o un título de alto valor, sino que también puede participar parcialmente en él.

Pero junto con esas oportunidades también se encuentran los riesgos. La volatilidad de ciertos activos, la protección del inversionista, la prevención del lavado de dinero, la transparencia fiscal y la interacción con la moneda de curso legal son factores que obligan a pensar en algún tipo de ordenamiento.

“No podemos ser suficientemente ingenuos como para pensar que el mercado es suficiente para regular el mercado. Tiene que haber alguien que proteja a todos los sujetos que intervienen”, afirmó Debuchy.

Cómo está Paraguay

Paraguay todavía no cuenta con una ley fintech ni con una normativa integral sobre activos digitales. El Congreso ya debatió iniciativas vinculadas al sector, desde el proyecto que buscó regular la industria de los criptoactivos y que terminó vetado en 2022, hasta propuestas más recientes presentadas en 2024 relacionadas con la actividad de criptominería. Sin embargo, hasta ahora no existe una señal clara de que una regulación integral vaya a aprobarse en el corto plazo.

Mientras tanto, el país avanza con una regulación sectorial. Es decir, distintas autoridades intervienen desde sus propias competencias.

El Banco Central del Paraguay adoptó una postura prudente. En 2022 advirtió que las criptomonedas no son emitidas por la banca matriz, no tienen curso legal y constituyen inversiones de alto riesgo debido a su volatilidad. Su mensaje estuvo orientado principalmente al público general, frente al crecimiento de ofertas de inversión vinculadas a estos activos.

La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), por su parte, avanzó desde la perspectiva de prevención del lavado de dinero, alineándose con recomendaciones internacionales del GAFI. En ese marco, incluyó a los proveedores de servicios de activos virtuales como sujetos obligados y adoptó definiciones vinculadas a activos virtuales y actividades asociadas.

La ley del mercado de valores también introdujo un punto relevante al reconocer valores emitidos, registrados y transferidos mediante tecnología DLT. Esto abre una puerta importante para que ciertos activos digitales puedan ser tratados dentro del ecosistema bursátil, siempre que encajen en la categoría de valor y bajo supervisión de la autoridad competente.

Más recientemente, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) emitió una resolución con enfoque fiscal, incorporando la obligación de presentar declaraciones juradas informativas sobre criptoactivos. Esta exigencia alcanza tanto a plataformas de intercambio como a tenedores particulares, aunque por ahora tiene un carácter principalmente informativo y no una consecuencia tributaria directa.

Es decir, Paraguay no tiene una única ley sobre activos digitales, pero sí un conjunto de respuestas parciales desde el Banco Central del Paraguay, Seprelad, la Superintendencia de Valores y la DNIT.

Regular sin frenar la innovación

Para Debuchy, el desafío está en encontrar un equilibrio. Una ausencia total de regulación puede dejar desprotegidos a inversionistas y usuarios, pero una regulación demasiado rígida puede matar la innovación antes de que el mercado madure.

“El equilibrio entre innovación y protección define la competitividad del país”, sostuvo.

En esa línea, el abogado consideró que Paraguay podría prescindir, al menos en el corto plazo, de una ley fintech rígida o de una ley específica de criptoactivos. Para él, el riesgo de aprobar una norma demasiado cerrada es que termine capturando una fotografía del mercado en 2026 y quede obsoleta apenas un año después.

La alternativa sería avanzar con una asignación clara de funciones regulatorias según las competencias de cada institución.

El BCP debería mantener un rol central en todo lo vinculado a política monetaria, stablecoins, medios de pago e interoperabilidad del sistema financiero. La Superintendencia de Valores podría intervenir cuando los activos digitales funcionen como instrumentos de inversión o valores negociables. Seprelad debe continuar enfocada en la prevención del lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, mientras que la DNIT debería concentrarse en trazabilidad, información y eventual tratamiento tributario.

Este enfoque permitiría construir una regulación más flexible, capaz de adaptarse a los cambios tecnológicos sin bloquear el desarrollo de nuevos productos financieros.

La pregunta de fondo

La discusión sobre activos digitales en Paraguay no pasa únicamente por permitir o prohibir. El desafío se centra en definir qué tipo de mercado se quiere construir: uno cerrado por temor al riesgo, uno completamente desregulado o uno capaz de combinar innovación, protección al inversionista, transparencia y competitividad.

El país ya cuenta con algunos puntos de partida dentro de su marco legal. La referencia a la tecnología DLT en la ley del mercado de valores, la supervisión antilavado de Seprelad y las recientes exigencias informativas de la DNIT muestran que el tema ya ingresó a la agenda regulatoria.

La cuestión ahora será ordenar esas piezas sin caer en excesos.

La tecnología avanza mucho más rápido que las leyes. Paraguay enfrenta una oportunidad y una advertencia al mismo tiempo. Regular demasiado pronto y de forma rígida puede frenar el desarrollo; no regular nada puede dejar al mercado expuesto. El camino intermedio, según el análisis planteado, parece estar en reglas claras, sectoriales y suficientemente flexibles para acompañar a una industria que todavía está cambiando.

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