Las reglamentaciones en aportes son necesarias para que el aumento del salario doméstico sea efectivo

(Por Diego Díaz) Luego de la aprobación en el Congreso de la modificación del artículo 10 la Ley 5.407/15 para equiparar el salario mínimo doméstico con el salario mínimo básico, parte de la opinión pública volvió a cuestionar que existía la posibilidad de que el pago del 100% del salario incida en el aumento de la informalidad laboral, pero ¿qué posibilidades existe de que esto ocurra?

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La investigadora del Centro de Documentación y Estudios (CDE), Clyde Soto, explicó que si bien es cierto que la informalidad aumentó luego de que el salario mínimo para el empleo doméstico haya incrementado a 60% del total en 2015, no existe precisión sobre la cantidad de personas dedicadas al trabajo doméstico que quedaron fuera del sistema de seguridad social. “El aporte obrero-patronal aumentó en 2015, se hizo obligatorio y posteriormente el Instituto de Previsión Social (IPS) registró que 10 mil personas salieron del sistema, esa fuga, en parte, pudo corresponder al sector del empleo doméstico, pero también a otros sectores, solo que carecemos de datos para poder hacer afirmaciones”, añadió Soto.

Sobre la informalidad del trabajo doméstico, Soto consideró que en términos proporcionales el sector nunca llegó siquiera al 20% de formalización, incluso cuando se pagaba menos del 60% del salario mínimo. Asimismo, resaltó que la fuga de 10 mil personas del sistema de seguridad social representó aproximadamente el 4% de los trabajadores en condiciones de informalidad del país. De acuerdo a la Dirección General de Estadística, Encuesta y Censos (DGEEC), en el país 1.681.000 personas están empleadas informalmente.

Soto sostuvo que el salario mínimo para las empleadas domésticas no será el causante de la informalidad, ya que el empleo informal afecta a toda la economía nacional, pero es importante que el IPS establezca un sistema de aporte acorde a la ley, sencillo y accesible para que empleadores y empleados no deban pasar por procesos burocráticos. “Hay cosas que corregir, uno de los ejemplos es que actualmente el empleador no puede aportar por lo que realmente paga a una trabajadora doméstica, entonces la inscriben por la totalidad del salario mínimo. Es necesario reglamentar la manera en la que se debe proceder cuando se contrata a una persona por un día o dos a la semana y que esta no se prive del acceso a la seguridad social”, apuntó Soto.

Por su parte, Mónica Recalde, directora general de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, añadió que la aprobación del 100% de salario mínimo para empleadas domésticas representa un avance para los derechos laborales en Paraguay y que a pesar de que el Ministerio propuso en principio que el incremento se dé gradualmente, la decisión está acorde a lo que establece el Convenio N°189 de Paraguay con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Recalde señaló que el pago por hora o por jornal del salario mínimo para el trabajo doméstico ya estaba establecido en la Ley 5.407/15, sin embargo, en ese momento no se había incluido la posibilidad de que se realicen los aportes para el IPS, aspecto que de ahora en más se podrá insertar gracias a la Ley de Empleo Parcial (pendiente de promulgación por el Ejecutivo). “La combinación del 100% del salario mínimo para el empleo doméstico con la Ley de Part Time permitirá que las familias no prescindan del servicio de las trabajadoras domésticas y, a la vez, fomentará la formalización y acceso a la seguridad social”, comentó Recalde.

En cuanto al manejo que tendrán de ahora en adelante con el salario mínimo del trabajo doméstico, Recalde anunció que el ministerio realizará una campaña para dar a conocer los efectos de la nueva modificación, así como también lo que respecta al empleo parcial.

Datos sobre el empleo doméstico

Anteriormente las trabajadoras domésticas tenían derecho al 40% del salario mínimo legal, luego de la aprobación de la Ley 5.407/15 subió al 60%, más o menos G. 1.267.500. Al realizarse la modificación citada, el trabajo doméstico ya tenía establecido de forma explícita que el pago por los servicios podía realizarse por hora, día o mes, así como también prohibió los descuentos por alimentación y habitación.

Ya con el nuevo incremento (al promulgarse) es posible hacer los pagos de esta manera: G. 2.112.562 mensual, G. 81.252 por jornal y G.10.156 por hora.

En cuanto a datos generales del empleo doméstico en Paraguay, según la DGEEC, el 7,5% de la Población Económicamente Activa (PEA) ocupada se dedica al empleo doméstico. Además, el 16% de las mujeres empleadas, son trabajadoras domésticas y 0,9% de los varones pertenece al rubro. El 38% de las mujeres trabajadoras domésticas vive en la extrema pobreza.

A nivel Latam

Un material audiovisual del diario Clarín afirma que en Latinoamérica hay 18 millones de trabajadores domésticos, de los cuales 93% son mujeres y el 77% de los trabajadores permanecen en la informalidad. En cuanto informaciones oficiales de la OIT, el 6,8% de los ocupados se dedican al trabajo doméstico en la región.

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