“El Decreto N° 980 básicamente busca facilitar la integración al Registro Nacional de Mipymes y por consecuencia el acceso a la cédula mipymes. Antes pasaba que el SUACE tramitaba la cédula como si fuese una gestión de apertura de mipyme, entonces nunca creció la cantidad de empresas con cédula mipymes”, explicó el viceministro de Mipymes Isaac Godoy. Según el titular del viceministerio, al integrar el registro nacional con el acceso a la cédula, las empresas que tengan RUC y registro en el Instituto de Previsión Social (IPS) estarán inscriptas en Hacienda y el Ministerio de Trabajo y, por ende, no necesitarán hacer más gestiones para tramitar la cédula.
Godoy señaló que las mipymes registradas y con cédula tienen la posibilidad de acceder a beneficios de la Ley N°4457/12 Para las Mipymes y aprovechar los incentivos que ofrece el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), como por ejemplo, aranceles diferenciados para cualquier trámite en varias instituciones –el propio MIC, el Ministerio de Salud (MSPyBS), la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi)–, ventajas en el sistema de contrataciones públicas, webs gratis desarrolladas por la Secretaría Nacional de Tecnología, Información y Comunicación.
“Desde el viceministerio estaremos ofreciendo a las mipymes durante el año capacitaciones en formato online, el servicio de consultorio empresarial, asesoría y acompañamiento para el proceso de formalización”, indicó Godoy. El titular del viceministerio aclaró que este decreto no modifica ningún requisito que corresponde a la apertura de empresas, ya que esto se podría prestar para confusiones, el sistema SUACE tiene como función registrar la apertura de las pequeñas empresas y posteriormente tramitar el Registro Nacional de Mipymes, pero eso no significa que se haya sacado algún requisito correspondiente a la apertura.
Para las empresas unipersonales se establecen como trámites de inscripción básica (Decreto N° 3606/15), el registro único del contribuyente, matrícula de comerciante, inscripción obrero patronal en el Instituto de Previsión Social y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y para las personas jurídicas el dictamen de la abogacía del tesoro, el registro único del contribuyente, constancia de inscripción en los registros públicos, inscripción obrero patronal en el Instituto de Previsión Social y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
“Esto lo impulsamos al llegar al Gobierno, nosotros manifestamos la necesidad de simplificar la formalización desde el primer día y con este decreto vamos a reducir al mínimo los trámites. También hay un valor agregado, esta normativa va a permitir que cuatro instituciones compartan una base de datos”, reveló el viceministro.
Comentó que a partir de este decreto, que unifica los requisitos, Hacienda, el Ministerio de Trabajo, IPS y el Ministerio de Industria y Comercio accederán a la misma información referente a las micro, pequeñas y medianas empresas.
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