El pasado el pasado viernes 5 de octubre, el presidente Mario Abdo Benítez firmó el Decreto N° 359 que reglamenta del Impuesto a la Renta Personal (IRP). Las nuevas reglas fueron fruto del trabajo de un equipo técnico conformado por representantes de la Sub Secretaría de Estado de Tributación (SET), empresarios y contadores, para lograr el cierre de los periodos 2017 y 2018. En esta nota ya habíamos comentado sobre el acuerdo al que llegaron sobre este impuesto.
Para complementar los beneficios de la nueva norma en cuanto a los contribuyentes independientes, Lilian dijo: “También se les va a dar una especie de bono si es que la persona realiza una inversión mayor a ese 15% que ya es considerado deducible”.
La representante de la organización sin fines de lucro dio un ejemplo: “Supongamos que una persona tenga G. 1.000 de ingreso, G. 150 sería el 15%, pero decide invertir G. 300, entonces, según la resolución 4, artículo 7, la diferencia entre lo invertido y el 15% de los ingresos, será deducible en un 50%”.
Recordemos que un gasto deducible es un tipo de gasto que tiene que ver con la actividad económica de una persona o una empresa y que puede ser sometida a un impuesto, en este caso, al IRP.
Continuando con las ventajas de esta nueva modificación, Torres señaló que “existen casos en que hay personas que son dependientes, pero a la vez, forjan de independientes, ahora estas pueden prorratear sus ingresos. Por ejemplo, si trabajás en una empresa y tenés IPS, pero al mismo tiempo generás ingresos por ser consultor de otro emprendimiento, la norma te beneficia con el 50% de todas las acciones deducibles que hagas”.
Por último, Torres indicó que la posibilidad de respaldar inversiones con ahorros también fue establecida. “Antes cuando hacías una inversión, tenías que hacerla al límite de tus ingresos o en todo caso tenían que estar respaldadas por préstamos. Con la nueva reglamentación, se pueden realizar inversiones y justificarlas también con los saldos de años anteriores”, concluyó.
Para poder ver el nuevo decreto sobre el IRP, pueden ingresar al siguiente link.
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