“La economía basada en el conocimiento se caracteriza por generar valor no tanto desde los recursos naturales o la mano de obra intensiva, sino desde el ingenio humano, la creatividad y la información”, explicó Ortellado. En este nuevo paradigma, proteger las creaciones intelectuales garantiza que los esfuerzos de inventores, artistas y emprendedores aparte de que sean reconocidos legalmente, también lo sean económicamente viables.
La propiedad intelectual, en todas sus formas, actúa como una red de seguridad que resguarda los derechos de quienes desarrollan productos innovadores, obras literarias, composiciones musicales, programas informáticos, diseños industriales, marcas y más. Esta seguridad jurídica es, según Ortellado, un motor indispensable para seguir innovando, pues “genera un entorno donde los creadores se sienten respaldados y estimulados a seguir generando valor”.
Uno de los aspectos fundamentales abordados por Ortellado es la necesidad de comprender las distintas ramas que componen la propiedad intelectual. “Mucha gente suele confundir propiedad intelectual con derechos de autor, cuando en realidad estos últimos son solo una parte de un universo más amplio”, indicó.
La propiedad intelectual se divide principalmente en dos grandes áreas:
Propiedad industrial, que abarca marcas, patentes, modelos de utilidad, diseños industriales e indicaciones geográficas.
Derecho de autor, que protege obras artísticas, literarias y científicas, desde una novela hasta una coreografía o una canción.
Mientras que las marcas o patentes se vinculan al uso comercial y tecnológico, el derecho de autor se centra más en la relación íntima entre el autor y su creación, reconociendo tanto los derechos morales (como el reconocimiento de la autoría) como los patrimoniales (relacionados con el uso económico de la obra).
El registro formal de una creación es el paso esencial para su protección legal. Ortellado explicó que en Paraguay el organismo competente para estos trámites es la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi). Para propiedad industrial (marcas, patentes, diseños), el proceso requiere formularios específicos y se realiza con el acompañamiento de un abogado matriculado como agente de la propiedad industrial.
En materia de derecho de autor, el registro puede ser realizado tanto por un abogado matriculado como agente ante la Dinapi como por el propio autor de la obra.
El registro protege al titular en caso de conflictos o plagio, y facilita el acceso a mercados, atrae inversores, y potencia el valor comercial de la creación. Una de las preocupaciones frecuentes es la dificultad que podrían enfrentar los pequeños creadores o emprendimientos nacientes al momento de registrar sus obras o inventos. En ese sentido, Ortellado destacó que el sistema paraguayo ofrece varias vías de acceso, incluso con opciones gratuitas (pro bono), a través de abogados.
“La Dinapi habilita la presentación tanto presencial como digital, y hay una serie de iniciativas orientadas a mipymes, con asistencia jurídica gratuita que permite que nadie quede fuera del sistema por falta de recursos”, detalló.
¿Cuánto cuesta registrar una obra o marca?
Otro punto importante es el económico. Micaela ofreció detalles sobre los costos aproximados que conlleva un registro:
Registro de una patente: alrededor de 7 jornales mínimos, unos G. 753.389
Registro de una marca: aproximadamente 2 jornales mínimos, G. 215.254
Registro bajo derecho de autor: 1 jornal mínimo, G. 107.627
A estos montos hay que sumar posibles gastos administrativos y los honorarios del abogado matriculado como agente.
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