¿De qué hablamos?... cuando hablamos de: Ley de Alianza Público – Privada

Aspectos legales contractuales, riesgo compartido entre sector público y privado en la ejecución de proyectos de obras, donde el Estado asuma el mínimo riesgo y al mismo tiempo sea rentable para el sector privado, son aspectos que fueron discutidos en la presentación realizada ayer por el Equipo Nacional de la Ley 5061 de Alianza Público Privada (APP).
El equipo técnico que trabaja en la elaboración de la reglamentación que coordina la Secretaría Técnica de Planificación (STP), explicó los aspectos fundamentales que se toman en consideración para la redacción de la reglamentación, de tal manera a abarcar todos los aspectos que puedan presentarse acorde a las características de cada contrato.
El ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Ramón Giménez Gaona calificó la Ley APP como un proceso de aprendizaje que arranca a partir de la reglamentación y donde se están observando experiencias de otros países como Chile, Colombia y Perú, países donde mínimamente ha llevado dos años desarrollar las capacidades y pulir la reglamentación, modificando incluso leyes para permitir que los proyectos salgan bajo esta ley.

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Agregó que con el aporte del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) se logró integrar un equipo técnico de análisis para trabajar en la distribución de presupuesto, de tal manera a lograr el objetivo prioritario del gobierno de desarrollar la infraestructura necesaria.
“El MOPC está trabajando en la incorporación de capacidad técnica para concretar la inversión privada que permita alcanzar la meta de US$ 1.000 millones al año.” detalló.
Por su parte, el ministro de Hacienda, Germán Rojas se refirió a otro aspecto relevante del proceso de reglamentación que define el papel del Estado en una alianza con el sector privado.
Al respecto indicó que como resultado de esta ley el Estado debe maximizar el cumplimiento de su rol en cuanto al bienestar social que debe generarse como consecuencia de la aplicación de la ley y el sector privado debe aportar la eficiencia necesaria para ayudar en ese objetivo, más allá de la rentabilidad de sus inversiones.

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