4 de 12 leyes que son claves para combatir el lavado de dinero en Paraguay

Con la aprobación del paquete de 12 leyes, que buscan prevenir y sancionar delitos relacionados a lavado de dinero o bienes y al financiamiento del terrorismo, Paraguay se adecuará a las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), según Diego Marcet, asesor jurídico de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad). 

“Todas las leyes tienen su finalidad y son importantes dentro de este marco que intenta prevenir o sancionar a quienes infringen los preceptos de nuestro sistema legal. Pero existen algunas leyes que tienen mayor relevancia que otras. Existen unas cuatro que son primordiales para actualizar y adecuar la estructura judicial, en pos al combate de estos flagelos”, reconoció.  

La primera a la que hace referencia Marcet, permite modificar disposiciones de la Ley N°1160/97 “Código Penal” y actualiza el tipo penal de lavado de dinero, adecuando su terminología y variables conforme a los parámetros vigentes. Además, introduce los conceptos de manipulación de mercado, cohecho privado y soborno privado. 

Otra normativa relevante es la que se encarga de “Crear el registro de beneficiarios finales en Paraguay”, cuyo objetivo es incorporar reglas de transparencia dentro del régimen de funcionamiento de sociedades, organizaciones sin fines de lucro (académicas), o asociaciones, las cuales deberán individualizar a sus beneficiarios finales.

La tercera ley que mencionó Marcet es la que “Regula la inmovilización de activos financieros de personas vinculadas con el terrorismo” y permite “los procedimientos de inclusión y exclusión de personas en listas de sanciones elaboradas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU)”. 

Con esta legislación se inmovilizará inmediatamente los fondos y activos financieros de personas físicas o jurídicas, si existen sospechas de estar vinculadas con el terrorismo. Será el Gobierno el que proponga la inclusión y exclusión de personas relacionadas con el terrorismo, siempre fundamentando los motivos que sustenten la aplicación de esta medida.

La cuarta normativa consiste en la modificación de la Ley N°1015/97 que Previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes. A partir de ella se readecuará los parámetros vigentes en el marco de prevención de delitos nacionales y transnacionales. “Esta modificación es vital en la estructura y es enteramente de carácter preventiva”, determinó el asesor.

Examen 

Sobre el proceso de evaluación que inició el 18 de noviembre, con la venida de una delegación de Gafilat, Marcet comentó que se encuentran completando unos cuestionarios técnicos, y que estarán entregando las respuestas en enero del 2020.

“El proceso es el siguiente: nosotros enviamos ese cuestionario, y luego ellos (Gafilat) nos hace entrega de un documento de evaluación provisoria. Luego, vienen en mayo para una visita in situ. Posterior a eso, tendremos nuevamente acceso a un documento provisorio, y continuaremos conversando con los representantes sobre los aspectos analizados. En diciembre de 2020, en el pleno de Gafilat se discutirá el informe de Paraguay, y ahí nos pondrán la calificación”, explicó.

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