Contratación electrónica: ¿Puede un intercambio de mensajes formalizar un contrato?

(Por Federico Silva de Ehreke Business Attorneys) Todos los días intercambiamos emails, mensajes de WhatsApp, Messenger, Telegram y otros, o hacemos un simple clic para aceptar algo que nos proponen en una página web. ¿Puede este intercambio materializar un contrato?

En los últimos años, el uso en masa de computadoras, y particularmente de smartphones, mediante los cuales diariamente intercambiamos emails, mensajes instantáneos por servicios de WhatsApp, Messenger, Telegram y otros, o hacemos un simple clic para aceptar algo que nos proponen en una página web, cambió radicalmente nuestra forma de vida. A nivel mundial se intercambian más de 100 mil millones de mensajes electrónicos por día. Ahora, ¿puede un intercambio electrónico de mensajes formalizar legalmente un contrato válido y exigible? La respuesta es sí. Aquí le contamos por qué.

La contratación electrónica

Bajo la Ley 4.868/13 “Comercio Electrónico”, los contratos celebrados por vía electrónica producen los mismos efectos que los contratos escritos, y se rigen por lo dispuesto en dicha ley, el Código Civil (CC) y las normas de protección al consumidor. La validez de contratos por vía electrónica no requiere previo acuerdo de partes para usar medios electrónicos.

Asimismo, según la Ley 6.859/21 “De Servicios de Confianza para Transacciones Electrónicas”, se considera “documento electrónico” a toda información generada, comunicada, recibida o archivada por medios electrónicos o similares, incluida toda la información lógicamente asociada o vinculada a ella, generada simultáneamente o no. Así, los mensajes de correo electrónico o de mensajería instantánea, como WhatsApp, Messenger, Telegram y otros, o un simple clic aceptando una oferta desplegada en una página web, constituyen “documentos electrónicos”.

Por su parte, bajo la Ley 6.859/21, no pueden negarse efectos jurídicos ni admisibilidad en ningún procedimiento a un documento electrónico solo por su formato, aún si la información figura simplemente como remisión. Si la ley exige que la información conste por escrito, el requisito se satisface con un documento electrónico si su información puede accederse posteriormente.

Oferta y aceptación

A su vez, conforme la Ley 6.859/21, en la formación de un contrato, salvo convenio en contrario, la oferta y aceptación pueden expresarse mediante un documento electrónico, no pudiendo negarse validez o fuerza probatoria a un contrato por el mero hecho de haberse usado un documento electrónico para formalizarlo.

Conforme al CC, el consentimiento es un requisito esencial de todo contrato, debiendo manifestarse por oferta y aceptación. En la contratación electrónica es característico el alejamiento de las partes, con lo cual se está ante una contratación entre ausentes. Entre ausentes el consentimiento puede manifestarse mediante agentes, por correspondencia epistolar o telegráfica, u otro medio idóneo, lo cual alcanza el perfeccionamiento de un contrato mediante un documento electrónico remitido por correo electrónico, un servicio de mensajería electrónica instantánea, como WhatsApp, Messenger o Telegram, o incluso un clic aceptando una oferta de un sitio web.

Los contratos entre ausentes se perfeccionan desde que la aceptación se expide, salvo que se retracte oportunamente, o no llegue en el plazo convenido. Consecuentemente, un contrato a través de correo electrónico, de servicios de mensajería instantánea, o mediante un simple clic en una página web dispuesta al efecto, se perfecciona cuando la aceptación remitida por el aceptante ingresa al sistema de información designado para la recepción por el oferente.

Asimismo, hay que tener presente que bajo la Ley 6.859/21, se considera “firma electrónica” a los datos en formato electrónico anexos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos que una persona usa para firmar. Por su parte, la “firma electrónica cualificada” es una firma electrónica certificada por un prestador autorizado. La firma electrónica cualificada tiene el mismo valor jurídico que una firma manuscrita. Sin embargo, no pueden negarse efectos jurídicos ni admisibilidad en procedimientos privados, como un contrato, a una firma electrónica solo por su naturaleza o porque no cumpla los requisitos de la firma electrónica cualificada.

Por tanto, cualquier intercambio de comunicaciones mediante “documentos electrónicos” que contenga una oferta y una aceptación a través de correos electrónicos, servicios de mensajería instantánea u otros medios similares con “firma electrónica” de ambas partes, que puede materializarse por un scan de su firma manuscrita, su auto firma al pie del mensaje o la simple inserción de su nombre y apellido en el texto del mismo, forma un contrato perfecto y exigible. Si el firmante niega la validez de su firma electrónica, la misma puede determinarse mediante una pericia informática en un proceso judicial. Igualmente, la mera aceptación mediante un clic de la compra de un producto o servicio mediante una página web que despliega la oferta tiene el mismo efecto.

Si necesita más información sobre el tema o necesita reclamar el cumplimiento de un contrato perfeccionado de la forma indicada, no dude en contactarnos.

Tu opinión enriquece este artículo:

Alicia González: “Creatividad sin estrategia es arte; estrategia sin creatividad, rutina. El equilibrio está en ideas que inspiran y generan resultados”

(Por BR) Alicia González, gerente comercial de Aitne SA (Ara Carne) lidera con cercanía, propósito y acción, acompañando cada etapa de la cadena, desde el ganadero hasta la góndola. Su estrategia combina trabajo territorial, compromiso con productores locales y construcción de marca sólida, priorizando calidad, trazabilidad y orgullo paraguayo. Destaca que la tecnología y la inteligencia artificial potencian la gestión, pero que las relaciones humanas consolidan la confianza.

Los paraguayos apuestan por los CDA: estas son las razones por las que el 45% de los depósitos bancarios se concentra en este instrumento

(Por MV) Los Certificados de Depósito de Ahorro (CDA) se consolidan como el principal instrumento financiero elegido por los ahorristas paraguayos. Al cierre del tercer trimestre del año, representaron el 45% del total de los depósitos bancarios y el 70% de las financieras. El principal desafío continúa siendo ampliar la inclusión financiera para fomentar otras formas de ahorro, además de seguir impulsando que una mayor proporción de los depósitos se mantenga a largo plazo, lo que contribuye a extender los plazos del financiamiento al sector privado.

Con sello alemán, Alepar lleva la chía y el sésamo nacionales a Europa (y le pone el ojo a la moringa y el comino negro)

(Por BR) Alepar SA, filial del grupo alemán GB Foods, inauguró oficialmente su oficina en Paraguay, consolidando una etapa de expansión tras más de un año de operaciones formales en el país y una trayectoria de más de una década vinculada al comercio exterior paraguayo. La empresa, representa aproximadamente el 7% de las exportaciones nacionales con destino a Alemania.

Starbucks redefine el café: cuando la proteína se convierte en el nuevo Pumpkin Spice (y un CEO 50+ lidera la revolución phygital)

(Por Otero-Maurizio-Maqueda) Análisis integral: El regreso a los 90 + el On line y el AI, la obsesión fitness de la Gen Z y la maestría en personalización convergen en la apuesta más audaz de la cadena: transformar el ritual matutino en combustible funcional, la era de la amplificación, de categorías, modelos de negocios y expansión de cultura. 

(Tiempo de lectura de valor: 4 minutos)

elPulpo vestirá a los Equipos Nacionales de RFEDI en los eventos de su temporada Olímpica y Paralímpica

elPulpo y RFEDI han reforzado su unión y compromiso en el impulso de los deportes de invierno de cara a esta temporada 2025/2026. La potente empresa textil de origen gallego y RFEDI han confirmado su vínculo para vestir a los deportistas en los principales eventos de la federación, en un año en el que se destaca la participación de varios miembros de los Equipos Nacionales en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Milano-Cortina (Italia).

Paraguay busca marcar su diferencia en el Mercosur y ser la puerta más ágil hacia la región (y revertir un déficit de más de US$ 3.000 millones)

Dentro del Mercosur, Paraguay busca marcar su propia diferencia: un país pequeño, pero con ventajas fiscales, estabilidad y acceso directo a un mercado de más de 300 millones de personas. Esa visión estratégica se complementa con una política migratoria moderna y digital, que facilitará la llegada de inversores, profesionales y nuevos residentes. La meta es posicionar al país como la puerta más ágil y competitiva de la región.

El plan más foodie de noviembre en Madrid se vive en Hundred (y sabe a Pipas Tijuana)

Grefusa, compañía líder en snacks y pipas en España, y Hundred Burgers, uno de los grandes referentes nacionales en el universo de las hamburguesas, han unido fuerzas para crear Tijuana x100, la primera burger del mundo hecha con Pipas Tijuana. Una colaboración que ha unido a dos equipos que se admiran, se divierten y se retan a experimentar, y que ha terminado dando vida a la burger con más sabor de la temporada. “Esto no es un cobranding, es la mejor burger del mundo con el mejor sabor del mundo” señala Alicia Lucas, Brand Manager de Grefusa.