Responsabilidades de la comisión directiva en las organizaciones sin fines de lucro

(Por Federico Silva de Ehreke Business Attorneys) Hoy necesitamos organizaciones sin fines de lucro (OSFL) profesionales y actualizadas en su ámbito operativo, transparentes y responsables en su administración, siendo importante que sus directivos estén al tanto de sus obligaciones.

En el mundo en general, y también en Paraguay, el dinamismo producto de la decisión de personas y empresas emprendedoras y comprometidas de agruparse colectivamente para superar obstáculos cotidianos buscando resolver necesidades locales, promover el respeto y ejercicio de derechos fundamentales, proponer soluciones a problemas complejos y ayudar a incrementar los niveles generales de bienestar, dio pie al nacimiento de las organizaciones sin fines de lucro (OSFL), o agrupaciones organizadas de personas físicas o jurídicas para llevar a cabo actividades sin ganancias por ello. Bajo nuestro Código Civil (CC), las OSFL pueden constituirse ya sea como: (i) asociaciones reconocidas de utilidad pública; (ii) asociaciones inscriptas con capacidad restringida; o (iii) como fundaciones. Así, tenemos OSFL para contribuir a la mejora de la educación, del bienestar de los más desfavorecidos o del medio ambiente, al desarrollo de actividades deportivas o recreacionales, como clubes, la concienciación de la observancia de los derechos humanos, el desarrollo de la producción, o incluso actividades corporativas, en gremios, cámaras de comercio u otras.

Así, se necesitan OSFL profesionales y actualizadas en su ámbito operativo, transparentes y responsables en su administración, para que sus actividades provoquen una mejoría palpable en sus ámbitos de acción, beneficiando a la sociedad. Sin embargo, la realidad suele ser otra. No son pocos los casos publicitados de desprolijidades y falta de transparencia en OSFL. Esto no siempre se debe al dolo de los administradores, sino al desconocimiento de sus obligaciones. Por tanto, es importante que conozcan su alcance.

1.Administración

Si funcionan tanto como asociaciones o como fundaciones, los estatutos de las OSFL deben determinar las normas sobre su funcionamiento y administración. En ambos casos por lo general la administración está a cargo de una comisión directiva de personas que deciden por mayoría de votos, pero también puede estar a cargo de una sola persona. La ley exige que las asociaciones tengan una asamblea, que es su autoridad máxima, la cual debe reunirse para designar autoridades y tomar decisiones importantes. Esta exigencia no se da para las fundaciones, pero pueden tener asamblea si existe más de un miembro y los estatutos lo prevén.

2.Responsabilidades de los administradores

Los administradores son responsables respecto a las OSFL según las normas del mandato (art. 99 CC). Por tanto, si bien las OSFL como personas jurídicas responden ante terceros por los daños que causen (art. 98 CC), sus administradores deben responder ante las OSFL por los daños y perjuicios que éstas sufran como consecuencia de actos de los mismos, como por ejemplo malversación de fondos u otros bienes (art. 891 – d – CC).

Por su parte, como los administradores deben proteger el patrimonio de las OSFL que manejan, si les causan o no les evitan un perjuicio patrimonial dentro del ámbito de protección que tienen a su cargo, pueden sufrir hasta 10 años de cárcel por lesión de confianza, bajo el artículo 192 del Código Penal (CP).

Todo esto trae consigo una carga sobre los administradores de obrar con la lealtad y diligencia de una buena persona de negocios, observando en todo momento la ley y los estatutos en la administración de las OSFL.

A su vez, de acuerdo al artículo 16 del CP, los administradores de OSFL responden personalmente por los hechos punibles que se cometan a través de las mismas. Por tanto, como las personas jurídicas no tienen responsabilidad penal, si por ejemplo un tercero es estafado a través de una OSFL, sus administradores pueden ser penalmente sancionados por ello.

Obligaciones tributarias

En materia impositiva, las OSFL tienen las mismas obligaciones formales que los demás contribuyentes, como ser inscribirse en el Registro Único de Contribuyente (RUC), emitir y exigir comprobantes de venta, presentar declaraciones juradas, entre otras; y están sometidas a inspección, fiscalización e investigación por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) (art. 132 Ley 6.380/19).

Conforme a los artículos 25 (2) (c) y 100 (5) de la Ley 6.380/19 y su reglamentación, los ingresos que obtengan las OSFL por sus actividades y las ventas que hagan, están respectivamente exentos de impuesto a la renta y de Impuesto al Valor Agregado (IVA), siempre y cuando sus utilidades y excedentes solo se usen para cumplir sus fines. Además, es condición para las exoneraciones que las actividades en cuestión no tengan carácter permanente, habitual y no estén organizadas empresarialmente, lo cual ocurre por ejemplo con la provisión onerosa continua de bienes o servicios conjugando capital y trabajo. Entre las actividades gravadas por ejemplo se encuentran las ventas y las prestaciones de servicios de todo tipo, como cantinas, restaurantes, servicios de catering, servicios de enseñanza y otros, los alquileres de bienes, los préstamos a asociados, y cualquier actividad regular comercial, industrial o de servicios por la cual se perciba contraprestación. En el caso de actividades exentas deben expedirse facturas libres de IVA. En los demás casos deben expedirse facturas con IVA y pagarse todos los impuestos aplicables. Son responsables solidarias respecto al pago del IVA cuando adquieran bienes o servicios sin exigir la documentación legal pertinente (art. 132 Ley 6.380/19). Estas obligaciones también implican el deber de llevar adecuadamente los libros contables, aprobar balances y otros.

Bajo el artículo 182 de la Ley 125/91, los representantes legales de OSFL, como los miembros de su Comisión Directiva, que no procedan con la debida diligencia en sus funciones respecto de normas tributarias que afectan a las entidades son subsidiariamente responsables de las obligaciones impositivas de sus representados. Esta responsabilidad se limita al valor de los bienes que administren o dispongan, salvo que actúen dolosamente, cuando la responsabilidad es ilimitada

Tu opinión enriquece este artículo:

Constructecnia: el punto de encuentro del sector, donde el negocio, la técnica y la comunidad trazan el rumbo de la industria

Constructecnia vuelve en 2026 con una propuesta renovada y un escenario a la altura de su historia. La feria internacional de equipamientos, maquinarias y materiales para la construcción, organizada por el Grupo Paraguay Eventos & Emprendimientos (GPEE), estrena sede en el Centro de Convenciones de la Conmebol en Luque, un espacio que promete elevar aún más el estándar de una de las exposiciones más consolidadas del país.

El mundo apuesta al guaraní: Paraguay concreta emisión histórica de US$ 1.000 millones en moneda local

Paraguay concretó su primera emisión global en guaraníes con doble grado de inversión, en una operación que el ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, calificó como “sin precedentes”. El país emitió bonos en guaraníes por un monto equivalente a US$ 1.000 millones, a un plazo de 12 años y con una tasa históricamente baja del 8,50%. Además, realizó la reapertura de un bono en dólares estadounidenses por US$ 300 millones, con vencimiento en 2055.

Soledad Núñez: “El liderazgo no empieza en un cargo; empieza en la decisión de hacerse responsable”

(Por TA) En la Semana de la Mujer, la ingeniera civil y candidata a la intendencia de Asunción, Soledad Núñez, repasó su trayectoria profesional, su paso por la gestión pública y las barreras que enfrentó en espacios históricamente dominados por hombres. En esta entrevista de perfil, reconstruye los momentos que marcaron su vocación y explica por qué decidió involucrarse de lleno en la política.

Fabrizio Guggiari asume al frente del Braford con meta 2034 y Mundial en el horizonte

(Por SR) La Asociación Paraguaya de Criadores de Braford inicia una nueva etapa institucional con la asunción de Fabrizio Guggiari como presidente para el período 2026–2027. Ingeniero zootecnista y productor activo en el Chaco, el nuevo titular llega con una hoja de ruta definida: ejecutar el Master Plan 2024–2034, consolidar el posicionamiento comercial de la raza y preparar el terreno para el Congreso Mundial Braford 2028, que tendrá a Paraguay como sede.

Paraguay Business Week y Expo Paraguay-Brasil 2026: 12.000 visitantes y más de 300 stands en Ciudad del Este

(Por NL) Ciudad del Este, Alto Paraná, se prepara del 11 al 13 de noviembre para la segunda edición del Paraguay Business Week, que nuevamente integrará la Expo Paraguay-Brasil 2026 dentro de su agenda. El evento es organizado por Rediex, la Cámara de Comercio Paraguay–Brasil (CCPB) y la Cámara de Empresas Maquiladoras del Paraguay (CEMAP), con el apoyo de instituciones públicas y privadas. Con más de 300 stands, paneles sectoriales y ruedas de negocios, la edición 2026 se proyecta como la mayor plataforma regional de integración empresarial y atracción de inversiones, con capacidad para superar récords de asistencia y negocios tras la experiencia de la primera edición en Ciudad del Este.